Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2014 (12/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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Articulo 9º.- Del desistimiento a recursos en tramite como requisito previo Las deudas generadas producto de una declaracion voluntaria o fiscalizacion tributaria a las que se refiere esta MORDAZA, que se encuentren reclamadas, apeladas, sujetas a revision judicial o accion de MORDAZA en tramite, deberan ser materia de desistimiento con firma legalizada ante fedatario institucional del Corporativo o del Tribunal Fiscal o Secretario de la Sala, segun el caso. Luego de lo cual debera presentar un escrito a la mesa de partes de la Municipalidad de Ventanilla, comunicando dicho desistimiento adjuntando MORDAZA fedateada o legalizada del cargo del escrito de desistimiento. Articulo 10º.- Obligacion de permitir fiscalizacion posterior y efectos Los contribuyentes acogidos al presente beneficio quedan obligados a permitir la fiscalizacion de sus declaraciones, previo requerimiento escrito de la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria. En el caso de negativa, o de no darse las facilidades a la inspeccion, perdera el derecho a la condonacion de las multas e interes moratorio. En caso de verificarse declaraciones que no corresponden a la realidad, la Administracion Tributaria generara los saldos correspondientes sin beneficio alguno. Articulo 11º.- Plazo de vigencia Los contribuyentes podran acogerse a los beneficios tributarios dispuestos en la presente Ordenanza, desde el 01 de febrero al 30 de junio de 2014 DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- En el caso de contribuyentes cuya condicion sea distinta a las comprendidas en la disposicion anterior, que regularizaron su declaracion jurada y no cancelaron dentro del vencimiento de la presente Ordenanza la totalidad de la deuda tributaria generada, el beneficio se extendera solo a los periodos cancelados. Segunda.- Los poseedores del Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec asi como de otras agrupaciones poblacionales que no tengan el saneamiento fisico legal concluido, tambien podran presentar su declaracion jurada de autoavaluo para su inscripcion en el registro de contribuyentes con la respectiva MORDAZA que acredite la posesion. Tercera.- Las Gerencias de Rentas Municipales, de Tecnologia de la Informacion y Telecomunicaciones, y de Comunicaciones, quedan encargadas de la ejecucion y de la efectiva difusion de la presente Ordenanza, dentro del ambito de su competencia. Cuarta.- Facultese al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente MORDAZA o dicte las disposiciones reglamentarias para su mejor aplicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1048740-3 VISTO:

El Peruano Miercoles 12 de febrero de 2014

En Sesion Extraordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 27 de enero de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, preceptuan que las Municipalidades son organos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulacion de Arbitrios Municipales emitidas por esta Entidad Edil. Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala "las municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas"; Que, mediante Informe Nº 4-2014/MDV-GRM, la Gerencia de Rentas Municipales, manifiesta que el mecanismo de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; razon por la cual, propone la expedicion de la MORDAZA que establezca la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 37-2008/MDVCDV, de 17 de diciembre de 2008, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 000077 de la Municipalidad Provincial del Callao, que aprobo la Fijacion del Monto por Concepto de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores y Determinacion del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2009, debiendo aplicarse para el ejercicio fiscal 2014 por el importe de S/. 6.90 (seis y 90/100 Nuevos Soles). Cabe senalar que en los ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013 se aprobaron las Ordenanzas Nº 001-2010/MDV, 02-2011/ MDV y 005-2012/MDV y 001-2013/MDV respectivamente, las mismas que tambien prorrogaron la vigencia de la Ordenanza 037-2008/MDV. Que, mediante Dictamen Nº 5-2014/MDV-CRM de la Comision de Rentas Municipales, se recomienda al Concejo, la aprobacion de la Ordenanza Municipal que fije el monto por concepto de la tasa por emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion de Impuesto Predial del ejercicio 2014, prorrogando la Ordenanza Nº 037-2008/MDV-CDV. Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asi mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comision de Rentas Municipales y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA FIJACION DE MONTO POR CONCEPTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES Y DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO FISCAL 2014 Articulo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 037-2008/MDV-CDV de 17 de

Aprueban fijacion de monto por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5-2014/MDV Ventanilla, 27 de enero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

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