Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2014 (12/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Miercoles 12 de febrero de 2014

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el pago de las obligaciones tributarias generadas para el ejercicio fiscal 2014, lo que incentivara el cumplimiento voluntario de los contribuyentes MORDAZA de adoptar las medidas coercitivas establecidas por Ley. Que, el articulo 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, establece que el Impuesto Predial podra cancelarse ya sea al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose en este ultimo caso pagar la primera cuota el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre. Estando a lo expuesto y a las normas legales glosadas, contando con la opinion favorable de la Gerencia de Legal y Secretaria Municipal y el uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA DESCUENTOS EN ARBITRIOS MUNICIPALES DEL 2014 POR REGULARIZACION DE DEUDA TRIBUTARIA Y/O PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS GENERADAS PARA EL EJERCICIO 2014 Articulo 1º.- OBJETO Y ALCANCE Establecer descuentos en el monto insoluto de Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio 2014 a favor de los contribuyentes del Distrito de Ventanilla, que cumplan con regularizar su deuda tributaria de anos anteriores y/o cancelen las obligaciones tributarias generadas por Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2014 en las condiciones establecidas por la presente Ordenanza y dentro de su periodo de vigencia. Articulo 2º.- CONTRIBUYENTES QUE PUEDEN ACOGERSE AL BENEFICIO Podran acogerse todos los contribuyentes del Distrito de Ventanilla que tengan tributos generados para el ejercicio 2014 y cuyos predios se encuentren destinados al uso de MORDAZA habitacion, a excepcion de los pensionistas a los que se les MORDAZA otorgado el beneficio de la deduccion de la base imponible del Impuesto Predial y que vienen gozando del descuento del 50% de arbitrios municipales. Articulo 3º.- VIGENCIA La Presente Ordenanza entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion y hasta el 31 de Diciembre de 2014, disponiendose ademas su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Ventanilla, www. muniventanilla.gob.pe. Articulo 4º.- DESCUENTOS OTORGADOS POR LA MORDAZA 1.- Los descuentos que se senalan a continuacion se otorgaran siempre y cuando el contribuyente no tenga otro beneficio tributario otorgado por la Entidad Municipal: a) Se otorga un descuento del 14% en el insoluto de los Arbitrios determinados para el 2014 si el contribuyente cumple con las siguientes condiciones: - No tiene deuda tributaria de anos anteriores o la cancela o la fracciona hasta el 28 de febrero de 2014. - Cancela el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2014 en su totalidad (pago anual) hasta el 28 de febrero de 2014, o de forma trimestral dentro de sus fechas de vencimiento. b) Se otorga un descuento del 10% en el insoluto de los Arbitrios determinados para el 2014 si cumple con las siguientes condiciones: - No tiene deuda tributaria de anos anteriores o la cancela hasta el 28 de febrero de 2014. - Cancela los Arbitrios 2014 en su totalidad (pago anual) hasta el 28 de febrero de 2014. c) Se otorga un descuento del 5% en el insoluto de los Arbitrios determinados para el 2014 si el contribuyente cumple con las siguientes condiciones:

que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comision de Rentas Municipales, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA FIJACION DE MONTO MINIMO A PAGAR POR CONCEPTO DE IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO FISCAL 2014 Articulo 1º.- Fijar el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto predial correspondiente al ejercicio 2014 consistente en el 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente, equivalente a Veintidos con 80/100 nuevos soles (S/. 22.80). Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y demas unidades organicas dependientes, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1048740-1

Aprueban descuentos en arbitrios municipales 2014 por regularizacion de deuda tributaria y/o pago de las obligaciones tributarias del Ejercicio Fiscal 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3-2014/MDV Ventanilla, 27 de enero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Extraordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 27 de enero de 2014; y, CONSIDERANDO: Que el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, conforme lo senala el Articulo 41º del texto legal citado en el considerando anterior, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo. Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulacion de Arbitrios Municipales emitidas por esta Corporacion Edil. Que, mediante Informe Nº 02-2014/MDV-GRM la Gerencia de Rentas Municipales propone otorgar medidas de incentivo para la regularizacion de deuda tributaria y

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