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El Peruano Sábado 15 de febrero de 2014 516880 del 01 de agosto de 2013, la renuncia del señor Ernesto Sueiro Cabredo, como Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, en consecuencia, resulta necesario dar por concluida la citada designación y, asimismo, designar a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y el Decreto Supremo Nº 011-2008-AG, modifi cado por Decreto Supremo Nº 002-2012-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Ernesto Sueiro Cabredo, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pichis Palcazú, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor David Miguel Dumet Delfín, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pichis Palcazú, quien lo presidirá. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 1051295-2 Modifican la R.D. Nº 0002-2012- AG-SENASA-DSV, mediante la cual se establecieron categorías de riesgo fitosanitario de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0002-2014-MINAGRI-SENASA-DSV 6 de febrero de 2014 VISTOS: El Informe-0023-2013-MINAGRI-SENASA-DSV-SCV- GMOSTAJO de fecha 17 de diciembre de 2013 elaborado por la Subdirección de Cuarentena Vegetal, el cual busca actualizar la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG- SENASA-DSV norma que establece las categorías de riesgo fi tosanitario de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el Artículo 5° del Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-AG señala que el SENASA a través de Resolución emitida por el Órgano de Línea Competente, establecerá las disposiciones específi cas y complementarias; Que, es necesario armonizar la categorización de riesgo fi tosanitario de las plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, según su método y grado de procesamiento antes de la exportación, acorde a la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias Nº 32; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0002-2012- AG-SENASA-DSV se establecen cinco categorías riesgo asociadas a partidas arancelarias específi cas de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados; Que, mediante el Informe del Visto, la Subdirección de Cuarentena Vegetal manifi esta que es necesario diferenciar las categorías de riesgo del arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado del arroz parbolizado. Así mismo, recomienda considerar a aquellos productos de origen vegetal envasados, rotulados y presentados en capsulas, tabletas, grageas y similares que se encuentran bajo la administración de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas DIGEMID del Ministerio de Salud (MINSA), como productos de la categoría de riesgo fi tosanitario 1 que no revisten de riesgo fi tosanitario por lo tanto no requieren de una inspección fi tosanitaria obligatoria por parte del SENASA para su ingreso al país. Así mismo hacer una re categorización de la levadura utilizada en la industria de la panifi cación , cervecera y farmacéutica entre otros; Que, con motivo de facilitar el comercio y agilizar los trámites en los puntos de ingreso al país, resulta necesario precisar la documentación que el usuario debe de presentar en el caso de importar productos con secado al horno o industrial, el cual no excluye la posibilidad que el Inspector solicite documentos complementarios, tal como indica el Reglamento de Cuarentena Vegetal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modifi catoria, la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car Artículo 1° la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV de la siguiente manera: Artículo 1º numeral 1.1. Categoría de Riesgo Fitosanitario 1: Apertizado Frutas, hortalizas, granos hongos Blanqueo Fibras Carbonizado Carbón vegetal Cocción Frutas, hortalizas, granos, tubérculos Confi tado Frutas, frutas secas, granos, nueces Congelamiento IQF Frutas y hortalizas Esterilización industrial UHT Líquidos Expandido o Infl ado Cereales Extracción Frutas, hortalizas, granos, aceites, colorantes, gluten, melaza, resinas, etc. Extrusión Granos, cereales, etc. Fermentación Pulpas de fruta, frutas, hortalizas, granos, bebidas alcohólicas Hidrolizado Proteínas, cereales Liofi lizado Granos, frutas, hortalizas, hierbas, fl ores, follaje Malteado Granos Pasteurización Jugos, pulpas Preservación en líquidos de frutas y hortalizas Almíbar, salmuera, aceite, vinagre o alcohol Procesamiento con métodos múltiples Tableros de madera contrachapada ( terciado o PLYWOOD), tableros de partículas (aglomerados, OSB), de fi bras (trupan, cholguan, MDF,) y pisos fl otantes a partir de estos tableros Pulpaje Frutas y hortalizas Precocido Frutas, hortalizas, granos Presurizado Frutas, hortalizas Reducción a puré Frutas, hortalizas Salado Frutos secos, granos, nueces Sublimación Frutas, granos, hortalizas