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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (15/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Sábado 15 de febrero de 2014 516897 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados PROGRAMA PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y uso de la electrifi cación rural PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5004833 : Transferencia a Entidades para proyectos de Electrifi cación. GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros : 9 556 725,00 --------------------- SUB TOTAL MINEM 9 556 725,00 =========== SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001778 : Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Rural GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 90 526 120,00 -------------------- SUB TOTAL VIVIENDA 90 526 120,00 =========== SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 011 : Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados PROGRAMA PRESUPUESTAL 0047 : Acceso y uso adecuado de los servicios públicos de telecomunicaciones e información asociados PROYECTO 2186720 : Ampliación y mejoramiento de la cobertura de los servicios de telefonía móvil, telefonía fi ja pública y telefonía fi ja de abonados, en las localidades de Ocobamba, Yanacocha, Chacuas Cancha, Minas Ryan, Lirio y Tambo Real de Huancabamba, distrito de Yauya – Carlos Fermín Fitzcarrald – Ancash. GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 215 913,00 PROYECTO 2184769 : Ampliación y mejoramiento de la cobertura de telefonía móvil, telefonía fi ja pública y telefonía fi ja de abonados, en 27 localidades, distrito de Coporaque – Espinar – Cusco. GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 312 972,00 --------------------- SUB TOTAL FITEL 5 528 885,00 SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010 : PROVIAS Descentralizado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transportes Terrestre PROYECTO 2105466 Rehabilitación y mejoramiento de la carretera vecinal: Alto Cuñumbuza- Puerto Bermudez, distritos Alto Biavo y Campanilla, provincias Bellavista y Mariscal Cáceres, Región San Martín GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 8 602 059,00 PROYECTO 2001621 Estudios de Pre inversión GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 9 630 723,00 ---------------------- SUB TOTAL PROVIAS DESCENTRALIZADO 18 232 782,00 -------------------- SUB TOTAL PLIEGO MTC 23 761 667,00 ============ TOTAL EGRESOS 123 844 512,00 ============ 1.2 Los Pliegos habilitados en la Sección Primera del numeral 1.1 del presente artículo, los montos del crédito suplementario por pliego, estudios, proyectos y actividades de mantenimiento, así como las respectivas codifi caciones, se detallan en el Anexo “Crédito suplementario para fi nanciar intervenciones con recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE”, que forma parte integrante del presente decreto supremo y que es publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Crédito Suplementario, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a los que se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MONICA RUBIO GARCIA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1051301-5 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales de los departamentos de Cusco y Ucayali en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO Nº 034-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA