Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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a este Ministerio, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusion social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la politica social universal, regular, de competencia sectorial; asi como dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales en materia de desarrollo e inclusion social; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (MIDIS), tiene la finalidad de financiar la elaboracion de estudios de preinversion, la reformulacion de estudios de proyectos de inversion publica que no se encuentren en etapa de ejecucion, la ejecucion de proyectos de inversion publica y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, para la ejecucion de la infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales, asi tambien para las intervenciones en infraestructura de caminos de herradura, las intervenciones en agua y saneamiento, electrificacion y telecomunicaciones que permitan el acceso de los centros educativos y de salud a tales servicios, y, en la fase de post inversion, la operacion de proyectos de inversion publica; en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50% de hogares en MORDAZA de inclusion conforme a lo determinado por el citado Ministerio, asi como en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de influencia de estos; todo ello con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que de acuerdo a lo establecido en el referido articulo 23 de la Ley N° 29951, se dispone que los recursos del FONIE se incorporan o transfieren mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas, y de Desarrollo e Inclusion Social, a propuesta de este ultimo, detallando los estudios de pre inversion y/o proyectos de inversion publica, los montos de financiamiento y el destinatario de los recursos, segun el procedimiento que se establece en el reglamento del FONIE; Que, en dicho contexto de acuerdo a lo indicado en la Septuagesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, se autoriza a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y finanzas para depositar un monto de hasta CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000 ,00), a favor del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre del 2013; Que, de acuerdo con los articulos 7 y 9 del Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS, compete a la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE, bajo el ambito del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la funcion de evaluar y aprobar las solicitudes presentadas por los sectores para el financiamiento de la pre inversion, inversion y/o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto elaborara la lista priorizada de las solicitudes aprobadas; Que mediante Informe N° 007-2014-MIDIS/VMPES/ FONIE/ST, la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE, aprobo en el MORDAZA de sus competencias una lista consolidada de, entre otros, ochenta y siete (87) intervenciones a ser financiadas con recursos del FONIE, a favor de los pliegos Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Memorando N° 032-2014-MIDIS/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social-MIDIS, hace MORDAZA el Informe N° 002-2014-MIDIS/SG/OGPPOPP, de la Oficina de Programacion y Presupuesto del MIDIS, a traves del cual emite opinion favorable sobre el Credito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014, a favor de los Pliegos Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, asi como en la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social mediante Oficio N° 102-2014MIDIS-SG, ha solicitado la incorporacion de recursos del FONIE, via Credito Suplementario, para ser destinados a, entre otros, el financiamiento de 87 intervenciones en infraestructura de Servicios por un monto total ascendente a CIENTO VEINTITRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 123 844 512,00), correspondiendo al Ministerio de Energia y Minas, la suma de NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 556 725,00), al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la suma de NOVENTA MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 526 120,00), y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la suma de VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23 761 667,00), destinados al financiamiento de 87 intervenciones en infraestructura de Servicios; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; y el Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042013-MIDIS; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO VEINTITRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 123 844 512,00), para financiar la ejecucion de 87 intervenciones en infraestructura de servicios, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el Reglamento del FONIE, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: En Nuevos Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados (Articulo 23 de la Ley N° 29951, Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE) 123 844 512,00 --------------------TOTAL INGRESOS 123 844 512,00 ============ EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 016 : Ministerio de Energia y Minas ­ MINEM 005 : Direccion General De Electrificacion Rural

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