Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

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63 342 496,00 -------------------63 342 496,00 =========== En Nuevos Soles CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007 se constituyo el "Fondo DU Nº 037-94", de caracter intangible, orientado al pago de deudas por concepto del beneficio establecido en el Decreto de Urgencia Nº 037-94; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir hasta el monto de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) de la Reserva de Contingencia, destinados a los fines del "Fondo DU 037-94", creado mediante Decreto de Urgencia 051-2007, con el objeto de realizar el pago del monto devengado en el MORDAZA de la Ley 29702, y modificatoria; Que, asimismo, dicha Disposicion Complementaria Final establece que los mencionados recursos se transfieren a los pliegos respectivos utilizando el procedimiento establecido en el articulo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a propuesta de la Oficina General de Planificacion, Inversiones y Presupuesto en coordinacion con la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos del Ministerio de Economia y Finanzas, con el objeto que las entidades correspondientes continuen atendiendo directamente los abonos en las cuentas bancarias correspondientes y las cargas sociales respectivas, de acuerdo a los criterios y procedimientos que se hubieren establecido en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812; Que, la Oficina General de Planificacion, Inversiones y Presupuesto en coordinacion con la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos del Ministerio de Economia y Finanzas ha solicitado una transferencia de recursos por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), destinados a los fines del "Fondo DU 037-94", creado mediante Decreto de Urgencia 051-2007, con el objeto de realizar el pago del monto devengado en el MORDAZA de la Ley 29702, y modificatoria, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en aplicacion de lo establecido en el numeral 5.2 del articulo 5 del Anexo I del Decreto Supremo Nº 1802012-EF, que aprueba los criterios y procedimientos para la aplicacion de la Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, el Ministerio de Economia y Finanzas ha distribuido los recursos asignados al "Fondo Nº 03794", por CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), en forma proporcional a la deuda devengada que cada Pliego le ha informado de acuerdo a las resoluciones de reconocimiento de deudas recibidas por el Ministerio de Economia y Finanzas al 31 de octubre de 2013; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el Decreto Supremo Nº 180-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00); a fin de atender las acciones descritas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:

GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia : TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO

: Instancias Descentralizadas 452 : Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO UNIDAD EJECUTORA Proyecto 002 : Proyecto Especial Olmos Tinajones 2022232 : Construccion, Operacion y Mantenimiento del Tunel Trasandino y la Primera Etapa de la Presa Limon 1 : Recursos Ordinarios 63 342 496,00 ------------------63 342 496,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1051301-2

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional e Instancias descentralizadas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO Nº 031-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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