TEXTO PAGINA: 30
El Peruano Martes 18 de febrero de 2014 517208 de Ica” que consta de 82 artículos, 03 disposiciones complementarias y fi nales, y 01 disposición derogatoria, conforme al texto fi nal que se adjunta. Artículo Segundo.- DERÓGUENSE la Ordenanza Regional Nº 002-2003-GORE-ICA del 28-FEB-2003, que aprobó el Reglamento Interno de Consejo Regional de Ica, y la Ordenanza Regional Nº 0010-2005 del 15-JUN- 2005 que la modifi có, así como cualquier otra disposición normativa que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración, y a la Secretaría del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario El Peruano, así como en el Diario de mayor circulación de la Región, y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Presidente Regional de Ica para su Promulgación. ARTURO LORENZO RAMOS CHÁVEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. ALONSO NAVARRO CABANILLAS Presidente del Gobierno Regional de Ica 1051633-2 Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica ORDENANZA REGIONAL Nº 0016-2013-GORE-ICA Ica, 26 de diciembre de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del día 20 de Diciembre de 2013. Visto el Ofi cio Nº 617-2013-GORE-ICA/PR de fecha 16 de diciembre del 2013, y el Dictamen Nº 005-2013-CRAL/ CRI de la Comisión de Reglamento y Asuntos Legales del Consejo Regional, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señalan que los gobiernos regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y la presente Ley, así como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno, numeral 1) Competencias Exclusivas, de acuerdo al artículo 35º de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Nº 27783, las siguientes: Literal c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, expresa: “Las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, y una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales”; Que, por D.S. Nº 043-2006-PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las entidades de las administración pública, la misma que contiene los criterios técnicos de simplicidad y fl exibilidad para ordenar la estructura de organización de las entidades de la Administración Pública, en cuyo mérito se ha ceñido el presente Reglamento; así como de las disposiciones en cuanto a criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que contempla el artículo 6º de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley 27658; Que, por Ordenanza Regional Nº 002-2006-GORE- ICA, del 20-ENE-2006, se aprobó la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional de Ica, que venía del año 2003, que en la actualidad tiene una vigencia de más de seis años, que conforme a los lineamientos de política y normas legales es necesario proceder a evaluar lo proyectado por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y que hoy en la actualidad ha sido modifi cado en función de la nueva estructura organizacional, está orientada en los principios de la descentralización de las funciones generales y especifi cas; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0399-2011-GORE-ICA/PR, se aprobó la Directiva Regional Nº 0003-2011-GORE-ICA/PR-GRPPAT-SGDS, que aprobó las disposiciones para la elaboración, actualización y aprobación de los documentos técnicos normativos de gestión institucional del Gobierno Regional Ica, y con Acuerdo de Consejo Regional Nº 0020-2012-GORE-ICA se declara de prioridad e interés regional el proceso de reestructuración administrativa como la actualización de los documentos de gestión del Gobierno Regional de Ica; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 0477-2012-GORE-ICA-PR, se aprobó entre otros la conformación de la comisión encargada de conducir y validar el Proceso de Actualización y Modernización de la Estructura Organizacional y los Documentos de Gestión del Gobierno Regional de Ica, asimismo se dispuso conformar el equipo técnico, encargado de facilitar, monitorear y realizar el seguimiento del Proceso de Actualización y Modernización de la Estructura Organizacional y los Documentos de Gestión del Gobierno Regional de Ica, e igualmente se aprobó conformar el equipo de apoyo encargado de brindar asistencia al equipo técnico, para alcanzar los objetivos propuestos en este proceso de actualización y modernización de la estructura organizacional y los documentos de gestión del Gobierno Regional de Ica; Que, con Informe Nº 053-2013-SGDS de fecha 16- DIC-2013, la Sub Gerencia de Desarrollo Sistémico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, opina favorable en sustento de haber recibido el Informe Legal Nº 1229- 2013-ORAJ del 16-DIC-2013 de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, en la cual en ambos informes tanto el técnico y legal, declaran que luego de revisada las propuesta del nuevo ROF, están favorables, por que se encuentran enmarcados dentro de los lineamientos establecidos en el D.S. Nº 043-2006-PCM, teniendo en consideración que dentro de su estructura toma en consideración el estado situacional del Proceso de Transferencia de funciones especifi cas derivadas de las funciones compartidas con los sectores del Gobierno Nacional, y de la Presidencia del Consejo de Ministros, y que es pertinente su actualización dentro del marco normativo, precisándose además que la Dirección Regional de Saneamiento en función del inciso n) del artículo 51º de la Ley Nº 27867 Ley de Gobiernos Regionales, pasa bajo las funciones de la Dirección Regional de Agricultura, debiendo derogarse el acto resolutivo de su creación y/o funcionamiento; Que, resulta necesario para el Gobierno Regional de Ica, se organice en función a las unidades