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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (18/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Martes 18 de febrero de 2014 517203 Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor RAUL ERNESTO ESQUIVEL ZEVALLOS, Fiscal Adjunto Provincial Titular en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima, materia de la Resolución Nº 871-2010-MP-FN, de fecha 21 de mayo de 2010. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal Supremo Titular Encargado del Despacho de la Fiscalía de la Nación 1051731-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 542-2014-MP-FN Mediante Ofi cio Nº 2983-2014-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 542-2014-MP-FN, recibido el 17 de febrero de 2014. En el Artículo Octavo.- DICE: “(...), Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Apurímac, (...)” DEBE DECIR: “(...), Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Apurímac, en el Pool de Fiscales Adjuntos Provinciales de Apurímac, (...)” En el Artículo Décimo.- DICE: “Dar por concluida la designación del doctor ANTONIO PELAGIO CRUZ YARIHUAMAN, (...)” DEBE DECIR: “Dar por concluido el nombramiento del doctor ANTONIO PELAGIO CRUZ YARIHUAMAN, (...)” En el Artículo Décimo Quinto.- DICE: “(...), Fiscal Adjunto Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, (...)” DEBE DECIR: “(...), Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, (...)” En el Artículo Décimo Sétimo.- DICE: “DESIGNAR a la doctora ELIU ARISMENDIZ AMAYA, (...)” DEBE DECIR: “DESIGNAR al doctor ELIU ARISMENDIZ AMAYA, (...)” En el Artículo Vigésimo Quinto.- DICE: “(...), en el Despacho de la Fiscalía Mixta de Nepeña”. DEBE DECIR: “(...), en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Nepeña”. 1051733-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Modifican la Ordenanza Regional Nº 0011-2004-GORE-ICA, que aprobó los Lineamientos de Política Regional en Materia de Enfoque de Equidad de Género en la Región Ica ORDENANZA REGIONAL Nº 0011-2013-GORE-ICA Ica, 25 de noviembre de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 15 de noviembre del 2013. Visto el Dictamen Nº 002-2013-CRAL/CRI, de la Comisión de Reglamento y Asuntos Legales del Consejo Regional; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y sus modifi catorias, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los artículos 11º y 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, en tal virtud es atribución de éste ventilar y regular su funcionamiento; Que, por Ordenanza Regional Nº 0011-2004-GORE- ICA, del 19-JUL-2004, se aprobó los “Lineamientos de Política Regional en Materia del Enfoque de Equidad de Género en la Región Ica 2004-2006”, con la fi nalidad de dar cumplimiento de lo dispuesto a través de los criterios y mecanismos equitativos para los hombres y mujeres y del lenguaje inclusivo, el enfoque de equidad de género; Que, por Ordenanza Regional Nº 002-2008-GORE- ICA, del 28-ENE-2008, se aprobó el Plan Integrado de Desarrollo Social 2007-2017-PIDESO, cuyo objetivo fundamental es articular todos los Planes Regionales Sociales existentes;