Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2014 (18/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Recursos y Servicios y al interesado para su conocimiento y los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 1051600-1

El Peruano Martes 18 de febrero de 2014

Restablecen credencial otorgada a MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 0104-2014-JNE Expediente N° J-2013-00943 CALCA - MORDAZA MORDAZA, seis de febrero de dos mil catorce VISTO el Expediente N° J-2013-1711 en el que obra el Oficio N° 166-2014-P-CSJCU-PJ, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco. CONSIDERANDOS 1. Mediante la Resolucion N° 1026-2013-JNE, del 13 de noviembre de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones dejo sin efecto, provisionalmente, la credencial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de MORDAZA, por estar incurso en la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante, LOM) (fojas 343 a 345 del Expediente N° J-2013-00943). Cabe destacar que la mencionada resolucion tuvo como base la sentencia emitida por el Juzgado Penal Unipersonal de Calca de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de fecha 15 de MORDAZA de 2013, por medio de la cual se condeno a MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los delitos de peculado doloso y falsedad generica en agravio de la Municipalidad Provincial de Calca, y se dispuso la inmediata ejecucion de la pena privativa de MORDAZA efectiva impuesta a dicho ciudadano y su posterior internamiento en el Establecimiento Penal de Quenccoro, de Cusco. Asimismo, se informo que existian ordenes vigentes para la conduccion compulsiva, de grado o fuerza, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante el Juzgado Penal Unipersonal de Calca. 2. Sin embargo, mediante el Oficio N° 166-2014-PCSJCU-PJ, recibido el 15 de enero de 2014 (obrante a fojas 25 a 47 del Expediente N° J-2013-1711), el presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remitio la Resolucion N° 55, de fecha 9 de diciembre de 2013, por medio de la cual la MORDAZA Sala Penal de Apelaciones de MORDAZA, si bien confirmo la sentencia MORDAZA aludida en el extremo que encuentra responsable a MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el delito de peculado doloso en agravio de la Municipalidad Provincial de Calca, revoco la sentencia de primera instancia en el extremo de la pena impuesta, y reformandola, se impuso a MORDAZA MORDAZA MORDAZA tres anos de pena privativa de MORDAZA suspendida en su ejecucion, bajo diversas reglas de conducta. En atencion a lo expuesto, no se cumple el supuesto de hecho establecido en el articulo 25, numeral 3, de la LOM, referente a la causal de suspension derivada del mandato de detencion, pues debe entenderse que dicha orden debe encontrarse vigente. Por este motivo, al no existir un mandato de detencion vigente, debido a que la pena impuesta a MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido suspendida en su ejecucion, deben restablecerse las credenciales otorgadas a dicho ciudadano en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca. 3. Por ello, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien habia asumido provisionalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca, asi como la credencial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien asimismo habia asumido

provisionalmente el cargo de regidor de la misma entidad MORDAZA, convocados ambos a traves de la Resolucion N° 1026-2013-JNE, correspondiendo, por tanto, restablecer la vigencia de la credencial del MORDAZA otorgada a MORDAZA MORDAZA Cruz. 4. Finalmente, deberan remitirse las piezas procesales pertinentes del MORDAZA penal citado incoado contra MORDAZA Concori MORDAZA al Concejo Provincial de Calca, en razon de que dicha autoridad ha sido condenada por una sentencia judicial emitida en MORDAZA instancia por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, a fin de que el concejo municipal evalue los hechos, conforme a lo establecido en el articulo 25, numeral 5 de la LOM. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la cual asumio provisionalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca, conforme fuera dispuesto por la Resolucion N° 1026-2013-JNE. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la cual asumio provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Calca, conforme fuera dispuesto por la Resolucion N° 1026-2013-JNE. Articulo Tercero.- RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de MORDAZA Articulo Cuarto.- REMITIR copias autenticadas de las piezas procesales pertinentes del MORDAZA penal incoado contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA al Concejo Provincial de Calca, a efectos de que evalue los hechos, conforme a lo establecido en el considerando MORDAZA de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1051534-1

Convocan a ciudadanas para que asuman provisionalmente cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Ichuna, provincia de General MORDAZA Cerro, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 0104-A-2014-JNE Expediente N° J-2013-00996 ICHUNA - GENERAL MORDAZA CERRO - MORDAZA SUSPENSION - ACREDITACION MORDAZA, seis de febrero de dos mil catorce VISTOS la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Ichuna, provincia de General MORDAZA Cerro, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la suspension del MORDAZA MORDAZA Eleusipo MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal de contar con sentencia judicial condenatoria emitida en MORDAZA instancia por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, prevista en el articulo 25, numeral 5, de la Ley

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