Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2014 (18/02/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Martes 18 de febrero de 2014

517201
NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORGANIZACION POLITICA Partido Democratico Somos Peru 1 2 3 4 5 6 7 N° AUTORIDAD MORDAZA Regidor Regidor Regidora Regidora Regidora Regidor Regidor NOMBRES Y APELLIDOS ORGANIZACION POLITICA



AUTORIDAD MORDAZA

MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos MORDAZA Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asparren MORDAZA Partido Democratico Somos Peru Partido Democratico Somos Peru Partido Democratico Somos Peru Partido Democratico Somos Peru

1 2 3 4 5 6 7

Regidor Regidor Regidor Regidora Regidor Regidor Regidor

MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos MORDAZA Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos Peru Partido Democratico Somos Peru Partido Democratico Somos Peru

MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos Huachos Huatarongo Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Movimiento Independiente Trabajando para Todos MORDAZA MORDAZA De Frente Independiente Kallpa La MORDAZA

Saida Valdeabellano Partido Democratico Somos MORDAZA Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Movimiento Independiente Trabajando para Todos MORDAZA MORDAZA De Frente Independiente Kallpa La MORDAZA

3. De acuerdo a lo MORDAZA expuesto, se tiene que la primera y MORDAZA candidata accesitaria por el partido politico Partido Democratico Somos Peru son MORDAZA Asparren MORDAZA y Saida Valdeabellano MORDAZA, respectivamente. 4. Mediante la Resolucion N° 279-2013-JNE, del 5 de MORDAZA de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones dejo sin efecto, provisionalmente, la credencial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Acoria, por estar incurso en la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), referida a la existencia de un mandato de detencion (fojas 31 a 33), y convoco a MORDAZA MORDAZA MORDAZA (primer regidor electo) y a MORDAZA Asparren MORDAZA (primera candidata accesitaria de la misma organizacion politica que la autoridad MORDAZA suspendida) para que asuman provisionalmente los cargos de MORDAZA y regidora, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Acoria. Consecuentemente, en merito de la Resolucion N° 279-2013-JNE, del 5 de MORDAZA del 2013, el Concejo Distrital de Acoria paso a tener la siguiente conformacion:
N° AUTORIDAD MORDAZA 1 2 3 4 5 6 7 Regidor Regidor Regidora Regidor Regidora Regidor Regidor NOMBRES Y APELLIDOS ORGANIZACION POLITICA

MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos MORDAZA Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos Peru Partido Democratico Somos Peru

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos Peru MORDAZA MORDAZA Partido Democratico Somos Huachos Huatarongo Peru MORDAZA Asparren MORDAZA Partido Democratico Somos Peru

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Movimiento Independiente Trabajando para Todos MORDAZA MORDAZA De Frente Independiente Kallpa La MORDAZA

5. Posteriormente, por medio de la Resolucion N° 7862013-JNE emitida en el Expediente N° J-2013-0713, de fecha 15 de agosto de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones dejo sin efecto la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA Huachos Huatorongo, regidor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Acoria, por haber incurrido en la causal de vacancia contemplada en el articulo 11 de la LOM, y convoco a Saida Valdeabellano MORDAZA (segunda candidata accesitaria del mismo partido politico que la autoridad MORDAZA vacada), para que asuma el cargo de regidora en dicha entidad edil. Luego, en razon de la Resolucion N° 786-2013-JNE, del 15 de agosto de 2013, el Concejo Distrital de Acoria quedo conformado de la siguiente manera:

6. Por medio del Oficio N° 035-2014-1JPU-CSJHU-PJ, recibido en fecha 10 de febrero de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, informa que en el MORDAZA penal principal incoado en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el delito de peculado doloso por apropiacion en agravio del Estado - Municipalidad Distrital de Acoria, dicho ciudadano ha sido absuelto de los cargos que se le venian imputando, por lo que el organo jurisdiccional ordinario ha dispuesto su inmediata excarcelacion del establecimiento penitenciario de sentenciados San MORDAZA de Huancavelica (fojas 288 a 293). En atencion a lo expuesto, no se cumple el supuesto de hecho establecido en el articulo 25, numeral 3, de la LOM, referente a la causal de suspension derivada del mandato de detencion, pues debe entenderse que dicha orden debe encontrarse vigente, asi como que dicho mandato debe haber sido emitido por el organo jurisdiccional correspondiente. Por este motivo, al no existir un mandato de detencion vigente, deben restablecerse las credenciales otorgadas a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica. 7. Consecuentemente, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, primer regidor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Acoria, quien asumio, provisionalmente, el cargo de MORDAZA por disposicion de la Resolucion N° 279-2013-JNE, de fecha 5 de MORDAZA de 2013, y restablecer la vigencia de la credencial de MORDAZA otorgada a MORDAZA MORDAZA Castillo. 8. Asimismo, para efectos de la recomposicion del Concejo Distrital de Acoria como resultado de la restitucion de la credencial de MORDAZA otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, este organo colegiado debe observar lo dispuesto en el articulo 24 de la LOM y atender que, segun se ha establecido en el considerando tercero de la presente resolucion, MORDAZA Asparren MORDAZA es la primera candidata no proclamada de la lista electoral del partido politico Partido Democratico Somos Peru, mientras que Saida Valdeabellano MORDAZA es la MORDAZA candidata no proclamada de dicha organizacion politica. Por consiguiente, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Saida Valdeabellano MORDAZA, por disposicion de la Resolucion N° 786-2013-JNE, que la acredito como regidora de la Municipalidad Distrital de Acoria. 9. Finalmente, atendiendo a que, como se senalo en el considerando MORDAZA de la presente resolucion, por medio de la Resolucion N° 786-2013-JNE , de fecha 15 de agosto de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones dejo sin efecto la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA Huachos Huatorongo, regidor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Acoria, por haber incurrido en la causal de vacancia contemplada en el articulo 11 de la LOM, debiendo convocarse a MORDAZA Asparren MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad N° 42312117, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, para lo cual se le otorgara la credencial respectiva que la faculte como tal. 10. Estando a lo expuesto, en merito de la presente resolucion, el Concejo Distrital de Acoria, de la provincia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.