Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2014 (21/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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El Peruano Viernes 21 de febrero de 2014

Otorgan autorizacion a persona natural para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en localidad del departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 076-2014-MTC/03 MORDAZA, 6 de febrero del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2013-002322 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF en la localidad de Iberia, departamento de MORDAZA de Dios; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Directoral Nº 975-2005-MTC/17, actualizado con Resolucion Directoral Nº 0494-2013MTC/28, se aprobo el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito de Iberia, provincia de Tahuamanu, departamento de MORDAZA de Dios; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 269-2004MTC/03 y sus modificatorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television VHF para las diversas localidades del departamento de MORDAZA de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Iberia; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacicon de Frecuencias de la localidad de Iberia establece 0.25 Kw. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser aurotizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, se aprobaron las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, la misma que indica que las estaciones que operen con una potencia menor de 50 Kw de e.r.p. y una MORDAZA altura efectiva de la antena de 300 metros, se clasifican como Estaciones Clase C; Que, el articulo 40º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2010MTC, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro radioelectrico, se podra otorgar, a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion por television con tecnologia analogica, cuando esta decision promueva el desarrollo del servicio en areas rurales, de preferente interes social o en zonas de frontera; de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio;

Que, con Informe Nº 0032-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en la banda VHF en la localidad de Iberia, departamento de MORDAZA de MORDAZA, en el MORDAZA del procedimiento del servicio de radiodifusion en localidades fronteriza; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion por television VHF para la localidad de Iberia, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 269-2004-MTC/03, y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF en la localidad de Iberia, departamento de MORDAZA de Dios; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad MORDAZA : RADIODIFUSION POR TELEVISION VHF : 4 BANDA I FRECUENCIA DE VIDEO: 67.25 MHz. FRECUENCIA DE AUDIO: 71.75 MHz. : COMERCIAL

Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios y Planta Transmisora

: OCH-7S : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E : VIDEO: 150 w. AUDIO: 15 w. : C

: Jr. Garcilazo de la MORDAZA N° 449, Mz. I, Lt. 03, distrito de Iberia, provincia de Tahuamanu, departamento de MORDAZA de Dios. : Longitud Oeste Latitud Sur : 69º 29' 18.56" : 11º 24' 09.07"

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

: El area comprendida dentro del contorno de 68 dB V/m.

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano".

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