Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2014 (21/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 21 de febrero de 2014

517351
Que, teniendo en consideracion la situacion particular de las empresas mineras MORDAZA, asi como el impacto que tiene la volatilidad de los mercados de capitales sobre estas acciones, resulta necesario incorporar, como criterio adicional para estimar la contribucion SMV, al valor de MORDAZA de las empresas MORDAZA, constituyendo la nueva base de calculo para estas el menor valor que resulte de comparar el monto de la emision de los valores inscritos con la capitalizacion bursatil de mercado; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del articulo 1° y los literales b) y f) del articulo 5° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobada por Decreto Ley N° 26126 y modificada por la Ley N° 29782, el articulo 7° de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861, asi como a lo acordado por el Directorio de la SMV reunido en su sesion del 17 de febrero de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.Modificar el articulo 1 de la Resolucion CONASEV N° 096-2007-EF/94.01.1 por el siguiente texto: "Articulo 1.- El criterio para estimar la contribucion SMV a que se refiere el articulo 3 literal a) de la MORDAZA sobre Contribuciones por los Servicios de Supervision que presta la SMV, aprobada por Resolucion CONASEV Nº 095-2000EF/94.10 y sus modificatorias, para las empresas MORDAZA a que se refiere el Reglamento del segmento de capital de riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA, cuyas acciones no cuentan con valor nominal, sera el siguiente:
MORDAZA de Instrumento Valores representativos del capital social de Empresas Mineras MORDAZA Base Imponible Monto de la emision de los valores inscritos(1) o Capitalizacion Bursatil al cierre de mes(2), el que sea menor.

modificado por la presente resolucion, el cual tendra el siguiente texto: "Articulo 26-A.- Procedimientos alternativos para la custodia, compensacion y liquidacion de valores En el MORDAZA de compensacion y liquidacion de operaciones con valores negociados en el MORDAZA Integrado Latinoamericano, CAVALI podra aplicar otros procedimientos operativos o modalidades de liquidacion utilizados en las operaciones realizadas en la MORDAZA de Bolsa que permitan el registro de los valores en cuentas matrices de Participantes distintas a las cuentas de las Centrales de Deposito de Valores Extranjeras. Los referidos procedimientos operativos y modalidades de liquidacion relacionadas con las funciones y servicios que presta CAVALI en el MORDAZA Integrado Latinoamericano, deben encontrarse establecidos en el Reglamento Interno de dicha institucion." Articulo 4º.- Para los fines de la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion, CAVALI S.A. ICLV debera presentar a la SMV la propuesta de modificacion del capitulo XV de su Reglamento Interno, denominado "Del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado", mediante la cual incorpore los procedimientos operativos o modalidades de liquidacion a que se refiere el articulo 26-A del Reglamento del MORDAZA Integrado Latinoamericano, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 107-2010-EF/94.01.1 y modificado por la presente Resolucion. Articulo 5º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe). Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1052777-1

Modifican la EF/94.01.1

Res.



096-2007-

RESOLUCION SMV Nº 004-2014-SMV/01 MORDAZA, 19 de febrero de 2014 VISTOS: El Expediente N° 2014004319 y el Memorandum Conjunto N° 376-2014-SMV/12/06 del 14 de febrero de 2014, emitido por la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo y la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), aprobado por Decreto Ley N° 26126, establece en su articulo 18 inciso b) que tratandose de los emisores, con excepcion de los emisores en virtud de patrimonios autonomos, fondos mutuos de inversion en valores y fondos de inversion, las contribuciones se fijan en proporcion al total de los valores objeto de oferta publica sin exceder anualmente el uno por mil (0,001) de dicho monto; Que, la MORDAZA sobre Contribuciones por los Servicios de Supervision que presta la SMV, aprobada por Resolucion CONASEV N° 095-2000-EF/94.10, establece que en el caso de valores representativos del capital social la base imposible para el calculo de la contribucion SMV aplicable a emisores es el monto de la emision de valores inscritos; Que, dado que las acciones de las empresas mineras MORDAZA inscritas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores carecian de valor nominal, mediante el articulo 1° de la Resolucion CONASEV 096-2007-EF/94.01.1 se establecio que, en esta situacion particular, el monto de la emision inscrita para el calculo de la contribucion SMV para empresas MORDAZA se estimaria como el importe del cociente entre la cuenta capital social y el numero de acciones obtenidos de los estados financieros disponibles de dichas empresas, multiplicado por el numero de acciones en circulacion registradas en la Bolsa de Valores de MORDAZA (BVL);

(1) Este valor es el importe del cociente entre la cuenta Capital Social y el numero de acciones, obtenidos de los ultimos estados financieros disponibles a traves de la pagina web del emisor y de la pagina web de Sedar (www.sedar.com), multiplicado por el numero de acciones en circulacion que se obtiene del MORDAZA de la BVL. (2) La Capitalizacion Bursatil al cierre de mes es obtenida de los boletines informativos de la BVL, la cual es calculada tomando como referencia la cotizacion en el MORDAZA de origen del emisor."

Articulo 2°.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 01 de marzo del 2014. Articulo 3°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1052775-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Jefe de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral SUNAFIL
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 010-2014-SUNAFIL MORDAZA, 19 de febrero de 2014.

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