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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2014 (02/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Miércoles 2 de julio de 2014 526699 deberá elegir entre los consejeros hábiles a quien ocupará temporalmente el cargo de vicepresidente, mediante votación de la mitad más uno del número legal de sus miembros. La elección del vicepresidente regional deberá ser comunicada al Jurado Nacional de Elecciones para la correspondiente acreditación. También se acreditará al consejero regional accesitario de aquel que asuma la vicepresidencia. 3. En caso de que el consejero regional solicite licencia para presentar su candidatura a cargos municipales, se deberá solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la acreditación del accesitario por el tiempo que dure la licencia. 4. En caso de que el alcalde solicite licencia para presentar su candidatura al cargo de vicepresidente regional, consejero regional, alcalde de una circunscripción distinta a la de su cargo actual, o regidor, se deberá solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la acreditación del primer regidor como alcalde provisional, y la acreditación del regidor accesitario que complete temporalmente el número legal del concejo municipal. 5. En caso de que el regidor solicite licencia para postular a cargos regionales o municipales, con excepción de la reelección, el alcalde deberá solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la acreditación del regidor accesitario que complete provisionalmente el número legal del concejo municipal. Artículo Segundo.- PRECISAR que, excepcionalmente, y solo con la fi nalidad de participar en elecciones regionales y elecciones municipales, las licencias solicitadas por los regidores deben ser concedidas por el respectivo concejo municipal, sin tomar en cuenta el límite de licencias simultáneas a que se refi ere el artículo 9, numeral 27, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1104710-7 Declaran en sesión permanente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones y los 96 Jurados Electorales Especiales, hasta la culminación del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014 RESOLUCIÓN N° 546-2014-JNE Lima, treinta de junio de dos mil catorce VISTO el cronograma del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, aprobado mediante Resolución N° 081-2014-JNE, de fecha 5 de febrero de 2014. CONSIDERANDOS El proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, convocado por el Decreto Supremo N° 009-2014- PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, el 24 de enero de 2014, tiene por fi nalidad que los ciudadanos elijan a sus autoridades regionales y municipales para el periodo 2015-2018. Así, los 96 Jurados Electorales Especiales instalados en distintas ciudades del país tienen la responsabilidad de recibir las solicitudes de inscripción de candidatos hasta el 7 de julio de 2014, y deberán califi car e inscribir las fórmulas y listas de candidatos a elecciones regionales así como las listas de candidatos a elecciones municipales, además de resolver, en primera instancia, las tachas que pudieran presentarse en contra de las candidaturas de un total de veinticinco distritos electorales regionales, 195 distritos electorales municipales provinciales y 1647 distritos electorales municipales distritales. Asimismo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones debe resolver las apelaciones que se presenten en contra de las resoluciones emitidas por el Registro de Organizaciones Políticas, con respecto a los expedientes de inscripción de organizaciones políticas que tienen el propósito de presentar candidatos en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, además de las apelaciones en contra de las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales en la etapa de inscripción de candidaturas, a fi n de comunicar a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la información sobre las organizaciones políticas y candidatos que participarán en los comicios del 5 de octubre de 2014, para la elaboración del material electoral. En vista de ello, teniendo en cuenta el cronograma electoral y la complejidad que reviste el proceso de Elecciones Regionales y Municipales debido a la cantidad de distritos electorales que deben atenderse, es necesario adoptar las medidas que garanticen que el cumplimiento de las funciones de los Jurados Electorales Especiales, sobre todo de aquellas vinculadas a la impartición de justicia electoral en primera instancia, se efectúe con la celeridad que exige el proceso electoral. Por ello, este órgano colegiado considera que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones y los 96 Jurados Electorales Especiales instalados para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014 deben declararse en sesión permanente, con la fi nalidad de garantizar la reunión de sus integrantes hasta la culminación del proceso electoral. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR en sesión permanente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones y a los 96 Jurados Electorales Especiales, a partir del 1 de julio de 2014, hasta la culminación de las actividades que correspondan a cada instancia, en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales, convocado para el domingo 5 de octubre de 2014. Artículo Segundo.- HABILÍTESE los días sábados, domingos y feriados para la realización de audiencias públicas, notifi caciones, recepción de escritos y recursos y otras actuaciones procesales. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de los Jurados Electorales Especiales, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1104710-8