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El Peruano Miércoles 2 de julio de 2014 526704 El SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 06 de Diciembre, trató el tema relacionado sobre la aprobación del Plan Regional de Reparaciones 2013-2021 de la Región Ayacucho, y; CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 673-2013-GRA/PRES, de fecha 21 de Noviembre del 2013, el señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, solicita al Consejo Regional la aprobación del Plan Regional de Reparaciones 2013-2021 de la Región Ayacucho mediante Ordenanza Regional, el mencionado instrumento de gestión orientará las acciones de atención a los afectados por la violencia sociopolítica, aun es precario la atención a la población ayacuchana afectada por la violencia sociopolítica, a sabiendas que sus derechos de aquellos(as) hermanos(as) han sido vulnerados, por tanto mas adelante es necesaria la implementación de dicho instrumento de gestión, para tal caso se debe trabajar multisectorialmente e interinstitucionalmente, instrumento de gestión que orientará la acción del estado regional que benefi ciará a la población. Propuesta que acompaña la Opinión Técnica N° 015-2013- GRA/GG-GRDS-SGDS-JVRV y la Opinión Legal N° 729- 2013-GRA/ORAJ-A/LYTH, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho respectivamente, con el Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos e Inclusión Social del Consejo Regional; Que, en enero del 2013 se conforma, la Comisión Técnica Regional del “Plan Regional de Reparaciones” PIR- ayacucho, con la fi nalidad de elaborar acciones tendientes a la elaboración del mencionado instrumento de gestión, que mediante Resolución Gerencial Regional N° 0136-2013- GRA/GG-GRDS, de fecha 12 de junio del 2013, se conforma el Equipo Técnico de Facilitadores para la Elaboración del Plan Regional de Reparaciones-PIR Ayacucho 2013 – 2021, integrado por el Coordinador Regional de Derechos Humanos y Reparaciones, coordinador del Movimiento de Derechos Humanos, Equipo de la institución “ Apoyo para la Paz”, Equipo de la asociación “SEHPS”, Representante de “Paz y Esperanza”, “APRODEH”, “CORAVIP” y Responsable del Registro Único de Victimas de la Gerencia Regional de Desarrollo Social-GRA. Producto de estos esfuerzos de intervención coordinada y articulada se ha cumplido la implementación de la norma regional precitada, siendo el producto fi nal el texto denominado: PLAN REGIONAL DE REPARACIONES 2013 – 2021, instrumento de gestión que orientará al Gobierno Regional de Ayacucho la atención a las demandas, proyectos, programas y actividades a favor de los afectados y victimas de la violencia sociopolítica; Que, las Naciones Unidas, reconoce a los Derechos Humanos como el conjunto de condiciones materiales y espirituales inherentes a la persona humana, orientados a su plena realización; esto es, realización en el plano material, racional y espiritual. Antropológicamente, los derechos humanos responden a la idea de necesidades; que tienen los seres humanos para vivir dignamente, alimentación, vestido, vivienda, educación, trabajo, salud y también a la libertad de expresión, de organización de participación de trascendencia, etc.; Que, la Constitución Política del Perú, en el capítulo I - Derechos Fundamentales de la Persona, en su Artículo 1° Defensa de la persona humana, estipula, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del estado; Que, el Reglamento N° 015-2006-JUS, de la Ley N° 28592, Ley que Crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR, en su Artículo 5° de Acción del Estado, estipula que, en materia de reparaciones se basa en la acción concurrente y expresa del conjunto de las instituciones del estado, orientadas a impulsar programas de reparación que permitan que las víctimas del proceso de violencia logren la restitución de sus derechos violados durante el confl icto armado interno; y se guía por la Ley, su Reglamento, la programación multianual y los planes operativos anuales; Que, Ley Nº 27867 - la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 2º de Legitimidad y naturaleza jurídica, estipula, que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo como fi nalidad fomentar el desarrollo, económico integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 8° de Principios rectores de las políticas y la gestión regional en el numeral 5 - Efi cacia, establece que, los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de Desarrollo Regional Concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de público conocimiento; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 60º de las funciones en Materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades estipula en su literal f) promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modifi catorias N° 27902, 28013; 28926, 28961, 28968, 29053 y otras normas conexas, el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR; el Plan Regional de Reparaciones 2013-2021, como instrumento de gestión, orientador de políticas públicas, proyectos y acciones coordinadas con la fi nalidad de promover la restitución de los Derechos de la Persona Humana y la Construcción de una Cultura de Paz en el ámbito de la Región Ayacucho. Artículo Segundo.- ENCARGAR; a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con el Consejo Regional de Derechos Humanos y Reparaciones y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, promuevan e impulsen la implementación del Plan Regional de Reparaciones 2013-2021. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, realice los trámites correspondientes para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, diario de mayor circulación de la Región y en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 19 días del mes de diciembre del año dos mil Trece. WALTER QUINTERO CARBAJAL Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Ayacucho, en la sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 19 días del mes de diciembre del año dos mil trece. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Presidente Gobierno Regional Ayacucho 1103741-4 Aprueban Programa Regional de Población 2013 - 2017 ORDENANZA REGIONAL N° 028-2013-GRA/CR Ayacucho, 26 de diciembre de 2013 EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de diciembre del 2013, trató el tema relacionado al Programa Regional de Población 2013 – 2017, y;