Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2014 (02/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 2 de MORDAZA de 2014

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precedente y que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva, se acogeran al beneficio establecido en la presente Ordenanza, con la condonacion de las costas coactivas y gastos administrativos generados por el expediente coactivo. Articulo Cuarto.- VIGENCIA DEL BENEFICIO Los contribuyentes se podran acoger al beneficio de regularizacion desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de Diciembre del ano 2014. Articulo Quinto.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no seran materia de devolucion y compensacion alguna. Articulo Sexto.DESISTIMIENTO DE RECLAMACION El pago al contado de cualquier deuda en aplicacion de la presente Ordenanza, supone el desistimiento de los recursos impugnatorios o no contenciosos, que se hayan interpuesto contra dichas deudas. DISPOSICIONES FINALES

de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta por unanimidad, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer beneficios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los contribuyentes dentro del distrito de MORDAZA MORDAZA, que mantengan obligaciones tributarias pendientes de cancelacion generados hasta el 31 de diciembre del ano 2013; Excepcionalmente para aquellos contribuyentes comprendidos en el articulo MORDAZA de la presente ordenanza, podran gozar del beneficio de la condonacion del 100% de los intereses moratorios correspondiente al ejercicio 2014, siempre que cancele la integridad de la deuda tributaria; Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales ( incluido la totalidad de cuotas del fraccionamiento de pago si los tuviera). Articulo Segundo.- ALCANCES DEL BENEFICIO 2.1.- Para los tributos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales pendientes de cancelacion, el beneficio tributario establecido en la presente ordenanza comprende a todos los contribuyentes propietarios y/o poseedores, que tengan destinados sus predios a MORDAZA habitacion, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo estacionamientos privados y comercio y/o servicio menor y media, y que corresponde al siguiente orden: a) Para deudas tributarias pendientes de cancelacion correspondientes a los ejercicios anteriores al ano 2014. Impuesto Predial: Condonacion del 100% del interes moratorio Arbitrios Municipales: Condonacion del 100% de la tasa de interes moratorio. Adicionalmente, se dispone los siguientes descuentos tributarios: - Descuento del 70% del monto insoluto, correspondiente al ejercicio 2004. - Descuento del 60% del monto insoluto, correspondiente al ejercicio 2005. - Descuento del 50% del monto insoluto, correspondiente al ejercicio 2006. - Descuento del 30% del monto insoluto, correspondiente al ejercicio 2007. - Descuento del 30% del monto insoluto, correspondiente al ejercicio 2007 al 2013 para los Mercados de Abastos y Galerias Comerciales (no incluye Mercados Mayoristas) b) Para deudas tributarias pendientes cancelacion correspondientes al ejercicio 2014. de

Primero.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Publicas e Imagen Institucional, Subgerencia de Informatica y Estadistica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segundo.- Facultese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como su prorroga. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 1104293-1

Aprueban modificaciones al MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 00006-2014/MDSA MORDAZA MORDAZA, 25 de junio del 2014 VISTO: El Memorando Nº 182-2014-GPPR/MDSA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, a traves del cual se informa respecto a la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del estado, y estando a lo expuesto en uso de las atribuciones conferidas por la ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza 043-MDSA se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA que fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 550 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, en el MORDAZA del Plan Nacional de Simplificacion Administrativa aprobada mediante D.S Nº 027-2007PCM, asi como la implementacion de la Metodologia de Simplificacion Administrativa para la mejora continua, aprobada mediante D.S. Nº 064-2010-PCM, y los principios del procedimiento administrativo de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde aplicar medidas concernientes a la Celeridad, Simplicidad y Razonabilidad, cuyos procedimientos corresponden a la Subgerencia de Comercializacion y Licencias tales como: Cese de Actividades y Licencia de Funcionamiento para mercados de abastos y galerias comerciales. En

Impuesto Predial: Condonacion del 100% del interes moratorio del ano 2014, siempre y cuando cumpla con cancelar; el integro de la deuda por Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2014, asi como de los anos anteriores las deudas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales incluyendo convenios de fraccionamiento si los hubiera. Arbitrios Municipales: Condonacion del 100% del interes moratorio del ano 2014, siempre y cuando cumpla con cancelar; el integro de la deuda por Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2014, asi como de los anos anteriores las deudas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales incluyendo convenios de fraccionamiento si los hubiera. Articulo Tercero.GASTOS Y COSTAS PROCESALES Las deudas tributarias de los contribuyentes que cumplan con la condicion establecida en el articulo

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