Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2014 (02/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 2 de MORDAZA de 2014

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ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR, la implementacion de la Ley Nº 28223 sobre Desplazamiento Interno y su Reglamento, para la Prevencion, Proteccion y Atencion a los Desplazados Internos en la Region Ayacucho. Articulo Segundo.- CONFORMAR, la Comision Multisectorial Permanente encargada de la formulacion del "Plan Regional de Prevencion, Proteccion y Atencion a los Desplazados Internos 2013-2021", el mismo que estara integrada por las instituciones y organizaciones que a continuacion se detallan: 1. Gobierno Regional de MORDAZA ­ Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien lo Presidira; 2. Direccion Regional de Salud MORDAZA ­ DIRESA. 3. Direccion Regional de Educacion MORDAZA ­ DREA. 4. Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ DRVCS. 5. Direccion Regional Agraria MORDAZA ­ DRAA 6. Direccion Regional de Energia y Minas ­ DREM 7. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente ­ GRRNGMA 8. Direccion Regional de Cultura ­ DRC 9. Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones - DRTC. 10. Sub Gerencia de Defensa Civil 11. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. 12. Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ­ MIDIS. 13. Un Representante de la Asociacion de Familias Desplazadas por la Violencia Politica - AFADIVP. Articulo Tercero.- DECLARAR, la necesidad y prioridad regional la Prevencion, Proteccion y Atencion a los desplazados internos por la violencia politica, vulneracion de derechos humanos, proyectos de desarrollo, desastres naturales y cambio climatico. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Comision Multisectorial Permanente que en un plazo de 60 dias, elabore el "Plan Regional de Prevencion, Proteccion y Atencion a los Desplazados Internos 2013-2021" e informe ante el Pleno del Consejo Regional la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la funcion de Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial y la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 25 dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA QUINTERO MORDAZA Presidente Consejo Regional Dado en MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 25 dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. MORDAZA OSCORIMA NUNEZ Presidente 1103741-1

derechos humanos responden a la idea de necesidades; que tienen los seres humanos para vivir dignamente, alimentacion, vestido, vivienda, educacion, trabajo, salud y tambien a la MORDAZA de expresion, de organizacion de participacion de trascendencia, etc; Que, la Constitucion Politica del Peru en el Capitulo I Derechos Fundamentales de la persona, en su articulo 1º establece la defensa de la persona humanan, el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, mediante la entrega oficial del Informe Final de la Comision de la Verdad y Reconciliacion - CVR, de fecha 28 de agosto del 2003, se recoge los testimonios de las victimas, se hace un balance del MORDAZA de violencia politica que afecto a la region MORDAZA y el MORDAZA, asi como se formula una serie de recomendaciones necesarias para lograr la Reconciliacion Nacional; Que, Ley Nº 28223, Ley sobre Desplazamientos Internos, en su Articulo 2º, define, que, los desplazados internos son las personas o grupo de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos y que no han MORDAZA una frontera estatal internacionalmente reconocida, siendo las clases de desplazamiento, los desplazamientos forzados por violencia de conflicto interno o internacional o accion de grupos alzados en MORDAZA, es espontaneo e impredecible, desplazamiento o evacuacion, ocasionada por accion violenta por agentes imprevistos. En ese caso el desplazamiento seria organizado y conducido; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 2º establece la legitimidad y naturaleza juridica, que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, y privada, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el numeral 4) del Articulo 8º, sobre Inclusion, estipula que los Gobiernos Regionales desarrollan politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural, de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ambito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriendose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones tambien buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion; Que, el literal a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo el literal f) del Articulo 60º de la Ley precitada dentro de las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades promueve una cultura de paz e igualdad de oportunidades; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Opinion Legal Nº 756-2013-GRA/GG-ORAJ-UAA-GFRE y el Coordinador Regional de Derechos Humanos y Reparaciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA mediante Informe Tecnico Nº 00162013-GRA/GG-GRDS-SGSS-SDDH-JVRV respectivamente, Opinan favorablemente la emision de una Ordenanza Regional para la implementacion de la Ley Nº 28223 sobre Desplazamiento Interno y su Reglamento y Conformacion de la Comision Multisectorial Permanente para la formulacion del "Plan Regional para la Prevencion, Proteccion y Atencion a los Desplazados Internos ­ 2013-2021"; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28592 ­ Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR y otras normas conexas, el Consejo Regional con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente:

Aprueban Plan Regional de Reparaciones 2013 - 2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2013-GRA/CR MORDAZA, 19 de diciembre de 2013

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