Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2014 (02/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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MORDAZA de la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria; el informe Nº 0072-2014-SGFT-GSAT/MDLV de la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria para la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 189-2014/MDLV, publicada en el Diario Oficial El Peruano el viernes 13 de junio del 2014, se establecieron beneficios e Incentivos tributarios por la regularizacion voluntaria en la MORDAZA de las declaraciones juradas de autoavaluo del Impuesto Predial para omisos y para quienes actualicen o hayan actualizado o rectifiquen o hayan rectificado el aumento de valor de autoavaluo de su predio y/o el uso de los mismos u otro MORDAZA que incida en la determinacion del Impuesto Predial o Arbitrios Municipales, asi como tambien a aquellos contribuyentes que hayan sido fiscalizados o esten en MORDAZA de Fiscalizacion Tributaria. Dicha Ordenanza senala en su tercera disposicion final y complementaria que el senor MORDAZA queda facultado para prorrogar la vigencia de la misma mediante Decreto de Alcaldia, establecida en la primera disposicion final y complementaria; Que, en atencion a lo expuesto, la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria mediante el Informe Nº 00842014-SGFT-GSAT/MDLV de 26 de junio del 2014, ha propuesto la prorroga de la fecha de vencimiento de los beneficios e incentivos tributarios por actualizacion predial, concedidos mediante la precitada MORDAZA, a fin de que los contribuyentes que no pudieron acogerse a dicho beneficio cuenten con la oportunidad de efectuar sus declaraciones juradas de autoavaluo del Impuesto Predial regularizando los adeudos que mantengan pendientes con la Municipalidad; Estando a los fundamentos legales expuestos y a los documentos de vistos, corresponde prorrogar la mencionada fecha de vencimiento y en uso de las facultades conferidas en el articulo 20º numeral 6) y el articulo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de MORDAZA de 2014, el plazo para el acogimiento a los Beneficios e Incentivos Tributarios establecidos en los articulos 2º, 3º y 4º de la Ordenanza Nº 189-2014/MDLV, siendo las fechas de vencimiento del MORDAZA plan de pagos el siguiente: 1º cuota hasta el 31 de MORDAZA de 2014. 2º cuota hasta el 29 de agosto de 2014. 3º cuota hasta el 30 de setiembre de 2014. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion del presente Decreto en el MORDAZA institucional www.munilavictoria.gob. pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www.serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 1104719-1

El Peruano Miercoles 2 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 271, que establecio Beneficio de Regularizacion Tributaria y no Tributaria en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012 San MORDAZA de Lurigancho, 26 de junio de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Memorandum Nº 0488-2014-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal de fecha 26 de junio de 2014, el Informe Nº 329-2014-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 26 de junio de 2014 y el Informe Nº 043-2014-GR/MSJL de la Gerencia de Renta de fecha 24 de junio de 2014, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 271 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de MORDAZA de 2014, se establece el Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en la Jurisdiccion de San MORDAZA de Lurigancho, vigente hasta el 31 de MORDAZA del presente ano; Que, mediante Ordenanza Nº 271, en su Sexta Disposicion Final, faculta al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para establecer prorrogas en la vigencia de la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 11 publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 31 de MORDAZA de 2014, se prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 271, que establece el Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en la Jurisdiccion de San MORDAZA de Lurigancho, vigente hasta el 30 de junio de 2014; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 0432014-GR/MDSJL de fecha 24 de junio de 2014, precisa que al MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA VII del Titulo Preliminar y el articulo 41º del TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, y estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 271, habiendose prorrogado con Decreto de Alcaldia Nº 011 publicado el 31 de MORDAZA de 2014, y teniendo en cuenta que aun existe un gran numero de contribuyentes que no han cumplido con sus Obligaciones tributarias y No Tributarias, resulta conveniente prorrogar dicho plazo hasta el 31 de MORDAZA de 2014; Estando a lo MORDAZA expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica segun Informe Nº 329-2014-GAJ/MDSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Unico.- Prorrogar hasta el 31 de MORDAZA de 2014, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 271-2014MSJL. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1104100-1

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