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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2014 (02/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Miércoles 2 de julio de 2014 526709 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble, ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 137-2014/MDSMP San Martín de Porres, 17 de junio del 2014. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 248-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio; y, CONSIDERANDO Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno constituido por la Unidad Catastral Nº 10213, Sector Santa Rosa, que según la Partida Nº11346249, del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción y sobre el cual se ha constituido la Urbanización SAN REMO III, cuya área es de 39,700.00 m², con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Norte: Tramo D-E, colinda con la Unidad Catastral (U.C.) 10210 de propiedad de terceros, en línea recta con una distancia de 108.01 m.; por el Sur: Tramo A-B, colinda con la U.C. 10215 de propiedad de terceros, en línea recta con una distancia de 107.54 m.; por el Este: Tramo E-A colinda con la U.C. (s): 10544 y 10226 de propiedad de terceros, con 359.37 m. y teniendo de por medio un camino carrozable y acequia de regadío; y por el Oeste, dividida en líneas quebradas de dos tramos, haciendo un total de 351.59 m. de la siguiente manera: Tramo B-C de 187.17 m. y Tramo C-D de 164.42 m., que colindan con las UU.CC. 10214 y 10212 de propiedad de terceros, tal como indica el plano perimétrico; Que, mediante Informe Nº 711-2014-SGCyHU-GDU- MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas indica que el terreno de 39,700.00 m², sobre el cual se desarrolla la Habilitación Urbana SAN REMO III, se encuentra totalmente consolidada con un 100% del total del área útil, contando con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones para que se declare habilitado de ofi cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº 29898, que modifi ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones que establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, así como el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, según la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 14.MAYO.2007, que aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac, que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana, conforme al Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo, se califi ca al terreno con tres zonifi caciones: Zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM, Comercio Vecinal – CV y Comercio Zonal – CZ; Que, respecto a las vías locales, se tiene que, sobre el terreno se propone la continuidad de las vías colindantes que han defi nido los derechos de vías existentes, así como su conexión con la Av. Peru (Bertello)., denominándose dichas vías locales propuestas: Calle 2, calle 4, calle 5 y calle 6 con una sección normativa de 11.40 m., pasaje 01, con una sección de 4.00 m. y pasaje 02 con una sección de 6.00 m., respetándose las secciones viales, cumpliendo con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; y respecto a los aportes reglamentarios, en aplicación a lo establecido en el artículo 40º, numeral 40.3 del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, las habilitaciones urbanas declaradas de ofi cio no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitación Urbana; sin embargo, la urbanización ha dejado un área de 3258.66 m² para Recreación Pública; por lo que la propuesta resulta conforme; Que, con Informe de Visto la Gerencia de Desarrollo Urbano, luego de evaluar la documentación, eleva la propuesta de declarar Habilitado de Ofi cio el predio con un área de 39,700.00 m², constituido por la Unidad Catastral Nº 10213, del Sector Santa Rosa e inscrito en la Partida 11346249, del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor de CASAPRO y otros copropietarios registrales de acciones y derechos; Que, el Informe Nº 868-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente tramite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898 y Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA; RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 39,700.00 m², terreno constituido por la Unidad Catastral Nº 10213, e inscrito en la Partida Electrónica Nº 11346249, del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Urbanización San Remo III Etapa, ubicado en nuestra jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado con el Nº 045 -2014-SGCyHU-GDU-MDSMP, Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta Total 39,700.00 m² Área Vías Metropolitanas 9,652.82 m² Área Útil (158 lotes) 21,717.03 m² Área para Recreación Pública (Parque Nº 1) 3,258.66 m² Área de Compensación 740.88 m² Área de Vías Locales 4,330.61 m² Artículo Tercero.- DISPONER la Independización e inscripción en la SUNARP, a favor del Estado y bajo administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, del Aporte destinado a Recreación Pública, constituido por el Parque Nº 1, con un área de 3,258.66 m2. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente resolución municipal, de la Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización Nº 045 -2014- SGCyHU-GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales para los fi nes que corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se