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El Peruano Miércoles 9 de julio de 2014 527288 Artículo 9º.- Las normas reglamentarias a la presente Ordenanza serán aprobadas mediante Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 1106914-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2014-MDS Surquillo, 18 de junio de 2014 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO; Visto, los Informes Nºs. 048 y 049-2014-GPPCI-MDS ambas de fecha 17 de junio de 2014, elaborado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, sobre la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 259-MDS de fecha 20 de julio de 2011, publicada en el diario Ofi cial El Peruano el 22 de agosto de 2011, se aprobó el “Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad distrital de Surquillo; Que, con Informe Nº 048-2014-GPPCI-MDS la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, señala subsanar lo observado con la modifi cación de los procedimientos administrativos Nº 13 de la Sub Gerencia de Comercialización y Anuncios del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad distrital de Surquillo; Que, en tal sentido es necesario modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad distrital de Surquillo, eliminando una parte del texto de la denominación del procedimiento 13 es decir “(Hasta tres meses)”; Que, con Informe Nº 049-2014-GPPCI-MDS la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, señala a fi n de subsanar la omisión de los procedimientos administrativos incorporados en la Ordenanza Nº 299-MDS, se precisa la incorporación de estos al “Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad distrital de Surquillo”, siendo que dichas modifi caciones obedecen a la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, Ley Nº 28976; Que, es necesario se modifi que el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad distrital de Surquillo, modifi cando la eliminación de los procedimientos administrativos para la obtención de Licencia de Funcionamiento y autorizaciones; Que, el articulo 36º numeral 3) en concordancia con el articulo 38º numeral 5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se realiza mediante Decreto de Alcaldía, Estando en lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, Gerencia de Desarrollo Empresarial y Sub Gerencia de Comercialización y Anuncios; en uso de las facultades conferidas por Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad distrital de Surquillo aprobado con Ordenanza Municipal Nº 259-MDS eliminando del procedimiento 13 de la Sub Gerencia de Comercialización y Anuncios el texto “(Hasta tres meses)”. Artículo Segundo.- INCORPORAR al Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad distrital de Surquillo aprobado con Ordenanza Municipal Nº 259-MDS la modifi cación de la eliminación de los procedimientos administrativos para la obtención de Licencia de Funcionamiento y autorizaciones, aprobado por Ordenanza Nº 299-MDS. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como los anexos que los contiene y a la Gerencia de Estadística e Informática la publicación de la misma y de los anexos en el Portal Institucional (www.munisurquillo.gob.pe) y el portal del Servicio al Ciudadano y Empresas (PSCE). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GIANCARLO G. CASASSA SÁNCHEZ Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldìa 1107151-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2014/MVMT Villa María del Triunfo, 1 de julio del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley N° 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el próximo 28 de Julio se celebra el 193 Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú; Que, es necesario resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de fortalecer y reafi rmar nuestra conciencia cívica, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20°y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito de Villa María del Triunfo, durante el mes de julio, con motivo de la Celebración del 193 Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con el Decreto Ley N° 11323 del 31 de Marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas); encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para uso de los edifi cios del Estado. Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del distrito a fi n que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad.