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El Peruano Miércoles 9 de julio de 2014 527286 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 031-2014 La Molina, 8 de julio de 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio próximo se celebrará el Centésimo Nonagésimo Tercer Aniversario de la Independencia del Perú; Que, en este magno acontecimiento, es deber del gobierno local incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el Artículo 20° numeral 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los predios del Distrito de La Molina, del 10 al 31 de julio del 2014, con motivo de conmemorarse el Centésimo Nonagésimo Tercer Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del Distrito de La Molina, la limpieza y embellecimiento de las fachadas de sus predios como muestra de respeto por nuestro aniversario patrio. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Ofi cina de Participación Vecinal su difusión correspondiente, y a la Gerencia de Fiscalización Administrativa su observancia y cumplimiento del mismo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1107594-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2014-MPL Pueblo Libre, 2 de julio de 2014 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el próximo 28 de julio se celebra el 193º Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú y, asimismo, el 14 de agosto se conmemora un Aniversario más del Distrito de Pueblo Libre; Que, con el propósito de fortalecer y reafi rmar nuestra conciencia cívica, es necesario resaltar los hechos históricos de nuestra nación, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales, como el embanderamiento de todos los inmuebles en el Distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento general de las viviendas, Instituciones Públicas y Privadas y locales comerciales del Distrito de Pueblo Libre, entre el 18 de julio y el 15 de agosto del presente año, con motivo de la Celebración del 193º Aniversario de la Independencia del Perú, y por el 457º Aniversario del Distrito de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas); encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al Centro) para uso de los edifi cios del Estado. Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del Distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 1106917-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2014/MDSMP San Martín de Porres, 1 de julio del 2014 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el 28 de Julio del presente año, se celebra el 193º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, con tal motivo durante el mes de Julio se realizan diversas actividades patrióticas que fortalecen los sentimientos de identidad nacional y profundo respeto y amor a nuestros símbolos patrios, por lo que, como una demostración de especial civismo, debemos cumplir con el embanderamiento general de todos los inmuebles en nuestra jurisdicción; De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San Martín de Porres, a partir del 13 hasta el 31 de Julio del presente año, con ocasión de celebrarse el 193º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las áreas administrativas de la Entidad cumplan con la difusión