Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2014 (09/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

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Articulo 2º.- Los temas a tratarse en el Cabildo Abierto, se encuentran relacionados integramente a la gestion municipal, en concordancia con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Articulo 3º.- El MORDAZA, los Regidores o los miembros de la Sociedad Civil que conforman el Concejo de Coordinacion Local (CCL), podran proponer que se convoque a Cabildo Abierto para tratar un tema especifico; quedando a criterio del Concejo Municipal la aprobacion de la referida convocatoria. Articulo 4º.- El Concejo Municipal convocara a Cabildo Abierto, de acuerdo a su criterio, a traves de un Acuerdo de Concejo que asi lo disponga; el mismo que sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina Web de la Institucion. En la referida convocatoria debera precisarse el tema materia de consulta, la fecha, hora y lugar en que se llevara a cabo el referido Cabildo; todo ello con la finalidad de asegurar la participacion efectiva de los vecinos de nuestra comuna. Dicha convocatoria debera hacerse con una anticipacion no menor a quince dias de la fecha de realizacion del mencionado evento. Articulo 5º.- El Cabildo Abierto estara presidido por la senora Alcaldesa, quien estara acompanado por los Regidores, el Gerente Municipal, quien realizara las funciones de interlocutor, el Veedor Municipal y los funcionarios cuyas gerencias u oficinas se encuentren vinculadas al tema materia de consulta. Los regidores tambien podran participar en el mencionado Cabildo Abierto. Articulo 6º.- La realizacion del Cabildo Abierto se llevara a cabo de la siguiente manera: 1. La senora Alcaldesa MORDAZA las palabras de bienvenida a los asistentes al referido evento, dando por iniciado el mismo. Acto seguido, explicara el motivo y tema de la convocatoria. 2. Posterior a esto, se le cedera el uso de la palabra a los vecinos, quienes realizaran, de estimarlo necesario, las preguntas que tengan sobre el tema para el que se convoco al mencionado Cabildo, no pudiendo realizar preguntas relacionadas a temas ajenos a la convocatoria. Cada vecino podra hacer uso de la palabra por un lapso no mayor a 05 minutos, no pudiendo excederse de este tiempo, ademas, tendran derecho a dos intervenciones, lo que incluye la replica y repregunta. 3. Las preguntas seran absueltas, al final del rol de preguntas o una por una, por la senora Alcaldesa o por cualquiera de los funcionarios que se encuentren presentes, si el MORDAZA asi lo estima pertinente. 4. Una vez absueltas las consultas y no habiendo mas temas a tratar, los vecinos pasaran a votar el tema materia de consulta en modulos especialmente preparados para este evento; para lo cual deberan identificarse con su Documento Nacional de Identidad o Carne de Extranjeria de ser el caso. Ademas deberan presentar un documento que los acredite como vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pudiendo ser un recibo de agua, recibo de luz o la cuponera del pago de arbitrios. El documento debera estar emitido a nombre de la persona que emitira su MORDAZA en el Cabildo Abierto. 5. Terminada la votacion, se procedera a realizar el escrutinio de los votos, por personal de esta Corporacion Edil; levantandose un acta en la que conste el resultado de la votacion. El acta en cuestion, debera ser suscrita por el senor MORDAZA, el Gerente Municipal y tres representantes de los vecinos; debiendo la referida acta guardarse en un archivo especial que la Secretaria General del Concejo abrira para estos casos. 6. Culminado el acto, la senora Alcaldesa procedera a declarar concluido el Cabildo Abierto. Articulo 7º.- El resultado del Cabildo Abierto, no tiene caracter vinculante, sino referencial, habida cuenta que la decision final del MORDAZA materia de consulta, sera tomada por el Concejo Municipal en pleno, de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Articulo 8º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, asi como a las demas unidades organicas de esta Corporacion MORDAZA, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.

e implementacion del presente Decreto, en lo que les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1107610-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Regulan los Cabildos Abiertos en el distrito
ORDENANZA Nº 202-2014-MSMM MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 20 de junio de 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: VISTO: El Informe Nº 035-2014-OAJ-MSMM remitido por la Jefa de la Oficina de Asesoria (e) de fecha 10 de junio del 2014, que contiene el proyecto de Ordenanza Municipal que Regula los Cabildos Abiertos en el Distrito de MORDAZA MORDAZA Del Mar. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades en el articulo IX del Titulo Preliminar precisa que el Sistema de Planificacion tiene como principios la participacion ciudadana a traves de sus vecinos u organizaciones vecinales, la transparencia, gestion moderada y rendicion de cuentas; Que, el articulo 119 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece: El Cabildo Abierto es una instancia de consulta directa del gobierno local al pueblo, convocada con un fin especifico, por lo que el concejo provincial o el distrital, mediante ordenanza reglamentara la convocatoria a cabildo abierto. Que, la Ley Nº 26300 Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadano, establece las bases generales sobre las cuales se instrumenta el MORDAZA de participacion ciudadana en todos los ambitos de la Administracion Publica y reconoce los derechos de control de los ciudadanos, los cuales son regulados por las leyes organicas que reglamentan lo referente a los Gobiernos Locales y Regionales. Que el articulo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materiales en la que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, estando al expuesto con el MORDAZA unanime de sus integrantes en ejercicios de las facultades que la ley organica de municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; el concejo ha aprobado por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS CABILDOS ABIERTOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 1º.- El objeto de la presente Ordenanza es reglamentar la convocatoria a Cabildo Abierto en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Mar. El Cabildo Abierto es una consulta directa que realiza la Municipalidad a los vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre temas especificos.

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