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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2014 (21/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Lunes 21 de julio de 2014 528269 fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un estado con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo en el Titulo III Aprobación del ROF.- Art. 28º De la Necesidad de aprobar el ROF, incisos c) Por efecto de la transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización y f) Para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Informe Nº 002 -2014-GRH- GRPPAT/SGDIS/GACB de fecha 30 de enero del 2014, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco - Unidad Ejecutora 402 Hospital de Huánuco Hermilio Valdizán, instrumento de gestión adecuado y modifi cado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL HOSPITAL REGIONAL “HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO - UNIDAD EJECUTORA 402 – HOSPITAL DE HUÁNUCO HERMILIO VALDIZÁN Artículo Primero.- APROBAR, LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL HOSPITAL REGIONAL “HERMILIO VALDIZÁN MEDRANO” DE HUÁNUCO - UNIDAD EJECUTORA 402 – HOSPITAL DE HUÁNUCO HERMILIO VALDIZÁN, el mismo que consta de seis (06) Títulos, cincuenta y uno (62) Artículos, una (01) Disposición Complementaria y una Estructura Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJESE, sin efecto toda disposición que se oponga a la presente ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 14 días del mes de marzo del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZALES CHUMBE Consejero Delegado Gobierno Regional Huánuco POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 20 días del mes de marzo del dos mil catorce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente Gobierno Regional Huánuco 1111319-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Desafectan bien de uso público en el distrito de Carabayllo ORDENANZA N°1802 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de julio de 2014 el Dictamen Nº 016-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 065-2014-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo Único.- Declarar procedente, el pedido de Desafectación de Uso del Suelo para el área parcial de 72.64 m2. (Lote 7 Mz. E), que forma parte de un área mayor de 128.70m2, califi cado como Parque/Jardín inscrito en la Partida N° P 01045695, ubicado en el Asentamiento Humano Santa Ana, distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, asignándole la califi cación Residencial de Densidad Media (RDM), según el Plano de zonifi cación General de Lima Metropolitana correspondiente al distrito de Carabayllo, aprobado por Ordenanza N° 1105-MML. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 8 de julio de 2014 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1112880-1