Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2014 (21/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, debiendo estimarse el recurso de apelacion y revocar el acuerdo de concejo venido en grado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 068-2013-CM/MDA, adoptado en la sesion extraordinaria del 29 de octubre de 2013, que declaro fundado el recurso de reconsideracion formulado por la solicitante y declaro la vacancia de su cargo de regidor del Concejo Distrital de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y REFORMANDOLO, declarar infundado el citado recurso y rechazar el pedido de vacancia. Registrese, comuniquese y publiquese. SS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1112675-5
Agencia De (Direccion actual) 1 Matarani MORDAZA MORDAZA Nº 395 Distrito y Provincia de Islay Departamento de MORDAZA

El Peruano Lunes 21 de MORDAZA de 2014

mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y Resolucion Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Banco de la Nacion, el traslado de una (01) agencia, segun el siguiente detalle:
A (Nueva direccion) Asociacion Indoamerica Mz. B Lote 01 Distrito y Provincia de Islay Departamento de MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca 1112002-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Hospital Regional MORDAZA Valdizan MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 065-2014-CR-GRH MORDAZA, 20 de marzo del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO. POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 10 de marzo continuada el 12 de marzo del dos mil catorce, el Dictamen Nº 009-2014-GRH-CPCPPPATAL, de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobacion de la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), del Hospital Regional "Hermilio Valdizan Medrano" de MORDAZA ­ Unidad Ejecutora 402 Hospital de MORDAZA MORDAZA Valdizan, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 4o de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de Gestion del Estado senala que el MORDAZA de modernizacion de la gestion del estado, tiene como

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de la Nacion el traslado de agencia ubicada en la provincia de Islay, departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 4411-2014 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) agencia, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas

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