Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2014 (21/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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El Peruano Lunes 21 de MORDAZA de 2014

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 559-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0321 SAN MORDAZA - SAN MORDAZA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, dos de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Cuzco MORDAZA en contra del acuerdo de concejo de fecha 11 de marzo de 2014, que rechazo su solicitud de declaratoria de vacancia presentada contra MORDAZA Tantalean MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, inciso 6, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2014-0090, y oido el informe oral. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 13 de enero de 2014, MORDAZA MORDAZA Cuzco MORDAZA presento ante el MORDAZA Nacional de Elecciones una solicitud de traslado de declaratoria de vacancia contra MORDAZA Tantalean MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, por considerarlo incurso en la causal prevista en el articulo 22, inciso 6, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), referida a la imposicion de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. Dicha solicitud genero el Expediente Nº J-20140090. El solicitante de la vacancia afirmo que el Juzgado Unipersonal Penal de San MORDAZA, mediante Resolucion Nº 4, del 25 de noviembre de 2013, condeno al MORDAZA MORDAZA Tantalean MORDAZA como autor del delito de desobediencia a la autoridad, imponiendole un ano y veinticinco dias de pena privativa de la MORDAZA, sentencia que fue declarada consentida mediante Resolucion Nº 5, de fecha 17 de diciembre del mismo ano. Acompano, para tal efecto, las copias simples de la sentencia expedida por el Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA, de fecha 25 de noviembre de 2013, recaida en el Expediente Nº 068-2011-01-P (fojas 5 a 9 del expediente acompanado), y de la Resolucion Nº 5, del 17 de diciembre del ano en mencion, dictada por el mismo organo jurisdiccional (fojas 11 y 12 del expediente acompanado). La decision MORDAZA del Concejo Distrital de San

La documentacion remitida por el Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA, de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA En atencion al Oficio Nº 1358-2014-SG/JNE, de fecha 24 de marzo de 2014 (fojas 33), emitido por la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones, el juez titular del Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA, a traves del Oficio Nº 41-2014-JMSP-CSJCA-PJ, del 7 de MORDAZA de 2014 (fojas 36 y 37), informo que mediante sentencia emitida el 25 de noviembre de 2013, se condeno al MORDAZA MORDAZA Tantalean MORDAZA, a un ano y veinticinco dias de pena privativa de la MORDAZA con caracter suspendida, estableciendose un periodo de prueba de un ano, sujeto a reglas de conducta, como autor del delito de desobediencia a la autoridad, sentencia que no fue apelada por tratarse de una sentencia anticipada, por lo que mediante resolucion de fecha 17 de diciembre de 2013, se declaro consentida. Con su oficio, el citado juez titular remitio las copias certificadas de la siguiente documentacion: · Resolucion Nº 4, del 25 de noviembre de 2013, recaida en el Expediente Nº 068-2011-01-PE, expedida por el Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA, que condena al MORDAZA MORDAZA Tantalean MORDAZA como autor del delito de desobediencia a la autoridad en agravio del Poder Judicial, imponiendole un ano y veinticinco dias de pena privativa de la MORDAZA, suspendida en su ejecucion por un periodo de un ano (fojas 38 a 42). · Resolucion Nº 5, de fecha 17 de diciembre de 2013, recaida en el Expediente Nº 068-2011-01-PE, expedida por el Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA, que declara consentida la Resolucion Nº 4, de fecha 25 de noviembre de 2013 (fojas 43 y 44). CUESTION EN DISCUSION Determinar si MORDAZA Tantalean MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, esta incurso en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 6 de la LOM. CONSIDERANDOS Respecto a la causal de vacancia por existencia de una sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA 1. El articulo 22, numeral 6, de la LOM, establece como causal de vacancia la existencia de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en la Resolucion Nº 817-2012-JNE, via interpretacion de los alcances de la citada causal, ha establecido que esta se configura cuando se verifica la existencia de una condena con pena privativa de la MORDAZA por delito doloso durante la vigencia del mandato de una autoridad MORDAZA, es decir, que en algun momento hayan confluido la vigencia de la condena penal con la condicion del cargo de MORDAZA o regidor. Asi tambien, se establecio que se encontrara inmersa en causal de vacancia aquella autoridad sobre la que MORDAZA recaido sentencia condenatoria, consentida o ejecutoriada, con prescindencia de que, con posterioridad, MORDAZA sido declarada rehabilitada por el cumplimiento de la condena impuesta o, de ser el caso, incluso por la emision de un indulto presidencial. 2. La adopcion de tal criterio interpretativo obedece a la necesidad de garantizar la idoneidad de los funcionarios que integran las instituciones del Estado, con mayor razon de aquellos que provienen de eleccion popular, de tal modo que, conforme con lo dispuesto en la LOM, no se permita la permanencia en el cargo de quienes han infringido las normas basicas de nuestro ordenamiento y han perpetrado la comision dolosa de un ilicito penal. Asimismo, el criterio asumido es util para evitar la ineficacia de la mencionada causal de vacancia y, por ende, el incumplimiento de lo dispuesto en una MORDAZA juridica de nuestro ordenamiento. Esta perdida de

En sesion extraordinaria del 11 de marzo de 2014, el Concejo Distrital de San MORDAZA, contando con la asistencia de sus seis integrantes (el MORDAZA y cinco regidores), rechazo, por unanimidad, la solicitud de declaratoria de vacancia presentada contra el MORDAZA MORDAZA Tantalean MORDAZA (fojas 23 y 24). El recurso de apelacion El 13 de marzo de 2014, MORDAZA MORDAZA Cuzco MORDAZA interpuso recurso de apelacion en contra del acuerdo de concejo que rechazo la vacancia del MORDAZA MORDAZA Tantalean MORDAZA, reiterando los argumentos expuestos en su solicitud de declaratoria de vacancia (fojas 25 a 28).

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