Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2014 (22/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Martes 22 de MORDAZA de 2014

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de la Inversion Privada del proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano"; siendo ratificado dicho acuerdo mediante Resolucion Suprema Nº 015-2013-EF; Que, por acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 09 de junio de 2014, se acordo aprobar la version final del Contrato de Concesion del Concurso de Proyectos Integrales para la Entrega en Concesion del Proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano"; Que, con fecha 30 de junio de 2014, el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Seguridad EnergeticaPRO SEGURIDAD ENERGETICA adjudico la Buena Pro del Proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano" al Consorcio Gasoducto Sur Peruano, conformado por Inversiones en Infraestructura de Transporte por Ductos S.A.C y Enagas Internacional S.L.U., el cual conforme a las Bases Actualizadas del referido Concurso ha constituido la Sociedad Concesionaria denominada Gasoducto Sur Peruano S.A.; Que, el articulo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, senala que la Resolucion Suprema de otorgamiento de la concesion aprobara el respectivo Contrato de Concesion y designara al funcionario que debe intervenir en la celebracion del mismo a nombre del Estado; De conformidad con el literal a) del articulo 12º y el articulo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; Con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Sociedad Concesionaria Gasoducto Sur Peruano S.A., la Concesion del proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano"; en los terminos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesion a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion del proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano", a suscribirse entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energia y Minas, y la Sociedad Concesionaria Gasoducto Sur Peruano S.A., con intervencion de la empresa Enagas Internacional S.L.U. en su calidad de Operador Calificado, y que consta de veintidos (22) clausulas y dieciseis (16) anexos. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, a suscribir en nombre del Estado Peruano el Contrato de Concesion a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que de origen al Contrato de Concesion referido en el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Notificar la presente Resolucion Suprema a la Sociedad Concesionaria Gasoducto Sur Peruano S.A., a fin de continuar con el tramite establecido en el articulo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0812007-EM y proceder a su publicacion una vez verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 28º del reglamento MORDAZA indicado. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1114496-2

de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesion del proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano", a celebrarse con la empresa Gasoducto Sur Peruano S.A., en su calidad de Concesionario. Articulo 2º.- Ambito de las seguridades y garantias La amplitud de las seguridades y garantias a que se refiere el articulo precedente sera la que determine el Contrato de Concesion, observandose lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 06096-PCM y por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, Ley que precisa alcances y modifica diversos articulos del Decreto Legislativo Nº 674, referido al MORDAZA de promocion de la inversion privada, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Publicos. Esta garantia no constituye una garantia financiera. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas a suscribir, en representacion del Estado de la Republica del Peru, el contrato a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1114496-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan a la Sociedad Concesionaria Gasoducto Sur Peruano S.A. la Concesion del Proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano"
RESOLUCION SUPREMA Nº 054-2014-EM MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 04 de enero de 2013, se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de la inversion privada el proyecto "Mejoras a la Seguridad Energetica del MORDAZA y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, modificatorias y conexas; siendo ratificado dicho acuerdo mediante Resolucion Suprema Nº 005-2013-EF; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 07 de febrero de 2013, se acordo aprobar el Plan de Promocion

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