Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2014 (22/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Martes 22 de MORDAZA de 2014

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EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: VISTO En Sesion Ordinaria Descentralizada de Consejo Regional, realizada en la localidad de CashapampaDistrito de MORDAZA de fecha 30 de MORDAZA del ano dos mil catorce el Dictamen Nº 024-2014-GRH-CP/CPPPATAL presentado por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobacion del Reglamento que establece el Registro de Consultoras Ambientales en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental del Gobierno Regional MORDAZA y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, tienen por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de la politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales senala el Desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientadas a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, mediante Ley 27446, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1078, se establecio el Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental- SEIA como un sistema unico y coordinado de identificacion, prevencion, supervision, control y correccion anticipada de impactos ambientales negativos y regula la debida aplicacion de los criterios, instrumentos y procedimientos de la evaluacion de impacto ambiental, asi como el aseguramiento de la participacion ciudadana; Que mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, se aprueban el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, senala el presente Reglamento y tiene por objeto lograr la efectiva identificacion, prevencion, supervision, control y correccion anticipada de los Impactos Ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresados por medio de proyectos de inversion, asi como de politicas, planes y programas publicas, a traves del establecimiento del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental SEIA; Que, mediante Informe Nº 043-2014-GRH-GRRNGA de fecha 01 de MORDAZA del 2014, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion Ambiental, dirigido al Gerente General Regional Mag. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remite el Reglamento que Establece el Registro de Consultores Ambientales para Elaborar los Instrumentos de Gestion Ambiental en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental del Gobierno Regional MORDAZA, del mismo modo y siendo autoridad tecnica competente la Oficina de Asesoria Juridica a traves del Director

emergencia medica u obstetrica, y asi poder comunicar y coordinar con el establecimiento de mayor complejidad en forma inmediata para el traslado respectivo. Articulo Decima Septima.- La Direccion Regional de Salud MORDAZA dispondra la adecuacion y el desarrollo de procesos organizacionales que son indispensables para brindar una atencion de calidad en la gestante, durante la gestacion, parto y el puerperio. En el ambito de la Region MORDAZA el parto debe ser atendido por un equipo basico de salud (medico, Obstetra, enfermera y personal tecnico de enfermeria), calificado para lo cual se tendra como MORDAZA y bajo responsabilidad administrativa, civil y penal, la "NORMA TECNICA PARA LA ATENCION DEL PARTO VERTICAL CON ADECUACION INTERCULTURAL", aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 598-2005MINSA. Y se brindara una atencion humanizada de la MORDAZA y del recien nacido, en los diferentes niveles de atencion de la res prestadora de servicios de salud, que forman parte de la Direccion Regional de Salud y preferentemente en las zonas rurales (sierra y selva). Articulo Decima Octava.- ENCARGASE, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional MORDAZA y la Direccion Regional de Salud MORDAZA el Monitoreo y evaluacion del cumplimiento de la Ordenanza Regional. Articulo Decima Novena.- ENCARGAR, a la Direccion Regional de Salud MORDAZA, PUBLICAR la presente Ordenanza. Articulo Vigesima.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario oficial "El Peruano" y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Vigesima Primera.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los 26 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 06 dias del mes de junio del dos mil catorce. MORDAZA R. MORDAZA QUEDO Presidente 1112554-1

Aprueban Reglamento que establece el Registro de Consultoras Ambientales para elaborar los Instrumentos de Gestion Ambiental en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 077-2014-CR-GRH APROBAR EL REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL REGISTRO DE CONSULTORAS AMBIENTALES PARA ELABORAR LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL EN EL MORDAZA DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA MORDAZA, 30 de junio del 2014

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