Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2014 (22/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDOS Aspectos generales

El Peruano Martes 22 de MORDAZA de 2014

el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese.

7. El padron electoral es la relacion de ciudadanos habiles que pueden ejercer su derecho de voto. Como tal, este documento se elabora sobre la base del registro unico de identificacion de las personas, y es mantenido y actualizado por el Reniec. El padron electoral, en todo MORDAZA electoral, se cierra ciento veinte dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, conforme a lo previsto en el articulo 1 de la Ley Nº 27764. Es competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, entre otras, fiscalizar la legalidad de la elaboracion de los padrones electorales, luego de su actualizacion y depuracion final previa a cada eleccion, a tenor de lo dispuesto en los articulos 176 y 178 de la Constitucion Politica del Peru, con el fin de asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica de los ciudadanos. El articulo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, establece que el Reniec remite el padron electoral actualizado al MORDAZA Nacional de Elecciones, con noventa dias de anticipacion a la fecha de los comicios, para su aprobacion, por este organo colegiado, dentro de los diez dias siguientes de su recepcion, y de no hacerlo al vencerse este plazo, el padron electoral queda automatica y definitivamente aprobado. 8. El articulo 7 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que los extranjeros mayores de 18 anos de edad, residentes por mas de dos anos continuos previos a una eleccion, estan facultados para elegir y ser elegidos en las elecciones municipales, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando esten debidamente inscritos en el registro correspondiente, es decir en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru, que se encuentra a cargo del Reniec. Resultados de la labor de fiscalizacion del padron electoral 9. Conforme se desprende del Informe Nº 021-2014MEVP-DNFPE/JNE de la DNFPE, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, tras analizar el padron remitido se observo, con respecto a las 9 271 (nueve mil doscientos setenta y un) actas de constatacion domiciliaria, que veintiun ciudadanos no figuran en el padron electoral (debido a que diecinueve cambiaron su domicilio desde el extranjero y dos han fallecido), 863 (ochocientos sesenta y tres) se mantienen en el distrito en el que se realizo la constatacion domiciliaria y 8 387 (ocho mil trescientos ochenta y siete) figuran en un distrito diferente de aquel en el que se realizo la constatacion domiciliaria, por lo cual, en estos casos, el cambio domiciliario no se ha hecho efectivo, manteniendo su anterior lugar de votacion. Finalmente, luego de las labores de fiscalizacion y la verificacion del contenido del padron electoral remitido por el Reniec, la DNFPE recomienda su aprobacion. 10. En vista de ello, este organo colegiado procede a aprobar el padron electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2014, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el uso del padron electoral elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec), para el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2014, cuyo acto electoral se llevara a cabo el MORDAZA 5 de octubre de 2014, que comprende a 21 301 881 electores con domicilio dentro del territorio de la Republica y veinticuatro ciudadanos con nacionalidad extranjera inscritos en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru para las elecciones municipales 2014. Articulo Segundo.- REMITIR a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) los medios tecnicos entregados por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec), los cuales contienen el padron electoral aprobado. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en

SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1113671-11

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionario Uruguay, en comision de servicios
RESOLUCION SBS N° 4676-2014 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitacion cursada por la Asociacion de Supervisores Bancarios de las Americas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunion "Definicion de Agenda Tecnica de ASBA", organizada por el Banco Central del Uruguay (BCU) y la Secretaria General de la ASBA, que se llevara a cabo los dias 23 y 24 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociacion de Supervisores Bancarios de las Americas (ASBA), su participacion en las actividades convocadas por la citada Asociacion le brindara la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopcion de acuerdos entre los paises miembros destinados a mejorar la regulacion y la supervision del sistema financiero en la region; Que, durante la LXIX Sesion de la Junta Directiva de la Asociacion se acordo conformar un comite ad hoc para definir la agenda tecnica para los siguientes tres anos. Dicho comite estara conformado por supervisores, o sus representantes tecnicos, de las regiones que son parte de la Asociacion; Que, en atencion a la invitacion cursada, y en tanto los temas que se desarrollaran redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, se ha considerado conveniente designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Adjunto de Riesgos (a.i.), para realizar una MORDAZA sobre las experiencias del desarrollo de la regulacion y supervision de la banca movil en el Peru, en el MORDAZA de la citada reunion; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciendose en el Numeral 4.3.1, que se autorizaran viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la

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