Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2014 (22/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Martes 22 de MORDAZA de 2014

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Nº 001-2014-GRH-CP/CPDS, de la Comision Permanente de Desarrollo Social, sobre la propuesta que Establece Lineamientos de Prevencion de la Mortalidad Materna y neonatal en el Ambito de la Region Huanuco; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Mortalidad Materna y Neonatal, es un problema de Salud Publica, la cual tienen consecuencias en el desarrollo socio ­ economico de nuestra MORDAZA, situacion que evidencia que los factores que estan determinando las defunciones maternas estan dependiendo tanto de aspectos relacionados con la oferta de servicios de salud como de caracteristicas inherentes a la poblacion demandante, orientado dicha situacion a impulsar estrategias mancomunadas entre el establecimiento salud y la comunidad organizada y con la participacion multisectorial a fin de prevenir estas situaciones. Que, la prevencion de la Mortalidad Materna y Neonatal, constituye una de las prioridades a Nivel Nacional y Regional, por su gran impacto en la Salud Publica, dano que afecta principalmente a mujeres cuyo estado social es de pobreza y de extrema pobreza, analfabetas y residentes en areas rurales, siendo el departamento de MORDAZA una de las zonas empobrecidas a nivel nacional y con alta poblacion rural, convirtiendo la mortalidad materna un indicador muy importantes para establecer prioridades de intervencion. Que, la disminucion de Mortalidad Materna y Neonatal, es una prioridad sanitaria en la Region de MORDAZA considerandose como factores de riesgo: · El dificil acceso geografico en nuestra region agravado por el factor climatologico. · El acceso cultural, buscando la interrelacion entre los servicios de salud, la familia y la comunidad organizada, dirigidas a contribuir a las referencias de gestantes al establecimiento de salud para un parto seguro institucional. · El acceso a servicios de salud que garanticen la vigilancia, capacitacion, y seguimiento permanente de gestantes con la atencion de parto institucional. · El acceso teniendo en cuenta la extrema pobreza de la region, garantizando por la afiliacion de las gestantes a traves del Seguro Integral de Salud. Que, estas situaciones resulta necesario establecer mecanismos para superar la demora en la identificacion del estado de gravedad de la gestante, la decision del traslado de la gestante desde la comunidad al establecimiento, y la demora de atencion de la gestante en el establecimiento, ello en consideracion de que se encuentra debidamente comprobado y demostrado a nivel nacional e internacional que la unica manera de disminuir la Mortalidad Materna y perinatal es la atencion de los partos en establecimientos de salud, los cuales cuenten con personal, implementacion y equipamiento para responder a dicha demanda. Que, que a fin de hacer frente a esta problematica social de la Mortalidad Materna y Neonatal, tiene que existir intervencion multisectorial y participacion ciudadana, garantice la atencion de gestantes y recien nacidos en los establecimientos de salud a traves de la movilizacion en casos de emergencias y la promocion de la atencion del parto Institucional, previniendo de esta manera la atencion del parto domiciliario que es de alto riesgo para presentarse una muerte materna y mortalidad perinatal. Que, el Consejo Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, lnc."a", de la Ley Nº 27867 que senala Aprobar, modificar o

representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o participacion en eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Adjunto de Riesgos (a.i.) de la SBS, del 22 al 25 de MORDAZA de 2014, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por conceptos de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos US$ 1 221,77 Viaticos US$ 1 110,00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1113791-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Lineamientos de Prevencion de la Mortalidad Materna y Neonatal en el ambito de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 074-2014-CR-GRH APROBAR LOS LINEAMIENTOS DE PREVENCION DE LA MORTALIDAD MATERNA Y NEONATAL EN EL AMBITO DE LA REGION MORDAZA MORDAZA, 6 de junio del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria Descentralizada llevada a cabo en el Distrito MORDAZA Crespo MORDAZA ­ Aucayacu, de fecha 09 de MORDAZA del ano 2014, el Dictamen

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