TEXTO PAGINA: 88
El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528630 Fuente en el AA.HH San Bartolomé I, II y III Etapa, que conformaba el 10% de las viviendas urbanas del distrito de Santa María; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se aprobaron los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y Asignación de los Recursos de Plan Incentivo a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, dentro de los cuales se encuentra la meta de Implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 20% de las Viviendas Urbanas del Distrito; Que, el referido Programa se ha ampliado en número de viviendas y en acciones complementarias orientadas a su sostenibilidad y ampliación a otras zonas del distrito, por lo que se han ido desarrollando actividades que se han sistematizado en el instructivo denominado: “Implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 20% de las Viviendas Urbanas del Distrito” En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía Nº 005-2013-MDSM/A, de fecha 10 de julio del 2013 mediante el cual se aprueba el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el AA.HH San Bartolomé I, II y III Etapa Artículo Segundo.- APROBAR Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 22% de las Viviendas Urbanas del Distrito de Santa María, cuyo texto forma parte integrante del Decreto de Alcaldía, a fi n de aprobarse de acuerdo al programa establecido. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Servicios Públicos y áreas administrativas correspondientes, su observancia y cumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General e Imagen Institucional la publicación y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS GARCÍA ROMERO Alcalde 1115206-1 Actualizan la Ordenanza Nº 012-2011- MDSM, que aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0010-2014-MDSM/A Santa María, 21 de julio de 2014 El Alcalde de la Municipalidad del Distrital de Santa María VISTO: El Proveído Nº 004-2014-PPR/METAS-PI-MDSM, del Coordinador del Programa de Incentivos; referente a la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Santa María; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo que establece el 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, es función indelegable del estado impulsar políticas orientadas a la prevención de la contaminación y a la protección de la salud y el medio ambiente; y , conforme lo establece el numeral 4.1 del Artículo 80º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es competencia de las Municipalidades administrar y reglamentar directamente o por concesión el servicio de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, entre otros, cuando estén en capacidad de hacerlo, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, conforme al Artículo 10º de la Ley General de Residuos Sólidos – Ley Nº 27314, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1065, los distritos son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos, y de la limpieza de las vías, espacios y monumentos públicos de su jurisdicción y deben contar con planes de manejo de los mismos. Asimismo el numeral 2 del Artículo 8º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM indica que la municipalidad distrital es responsable de la gestión y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares originados por otras actividades y que corresponde a estas municipalidades, entre otras, asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar su adecuada disposición fi nal; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobó la Política Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la Calidad Ambiental; componente 4. Residuos Sólidos; como un Lineamiento de Política del Sector, el fortalecimiento de la gestión de los Gobiernos Regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, la Ordenanza Nº 012-2011-MDSM del 20 de julio de 2011 se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María; Que, mediante la Ordenanza Nº 008-2012-MDSM de fecha 19 de julio de 2012 el Pleno del Concejo Municipal aprueba la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María Que, a través de la Ordenanza Nº 006-2013-MDSM de echa 12 de junio del 2013 se Actualiza el Plan de Manejo de Residuos Sólidos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se aprobaron los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y Asignación de los Recursos de Plan Incentivo a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, dentro de los cuales se encuentra la meta de Implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 20% de las Viviendas Urbanas del Distrito; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- ACTUALIZAR la Ordenanza Nº 012-2011-MDSM del 20 de julio de 2011 se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María. Artículo Segundo.- INCORPORAR al Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María el Estudio de Caracterización de los Residuos Sólidos Domiciliarios y/o Municipales (Residuos Domiciliarios, Residuos de Comercio y Vías Públicas) Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Servicios Públicos y áreas administrativas correspondientes, su observancia y cumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General e Imagen Institucional la publicación y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS GARCÍA ROMERO Alcalde 1115206-2