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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2014 (25/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 84

El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528626 6. Segregación: Actividad humana mediante la cual, se acopian y seleccionan materiales según sus componentes o elementos, dentro de los residuos sólidos urbanos que han sido desechados. CATEGORIAS.- Por su origen: 7. Residuos sólidos urbanos domésticos: Son aquellos residuos sólidos producto o resultado de las actividades domésticas o familiares, factibles de ser segregados. 8. Residuos sólidos urbanos industriales: Son aquellos residuos sólidos producto o resultado de actividades comerciales, institucionales, organizativas e industriales, factibles de ser segregados. 9. Residuos sólidos urbanos sanitarios: Son aquellos residuos sólidos producto o resultado de actividades médicas, hospitalarias, de sanidad o afi nes, factibles de ser segregados. 10. Residuos sólidos urbanos orgánicos: Son aquellos residuos sólidos cuya composición se desprende de la materia orgánica vegetal, factibles de se segregados. Por su Composición: 11. Residuos inertes: Son aquellos residuos urbanos que no se descomponen, ni contienen componentes cuyo contacto o exposición genere algún riesgo para la salud humana. 12. Residuos peligrosos: Son aquellos residuos urbanos cuya manipulación, contacto o exposición requiere un tratamiento especializado, por contener un alto grado de riesgo para la salud humana. 1115141-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban Planeamiento Integral del Predio parte de la Parcela 9-9 A del Predio Rústico Molino Hospital, jurisdicción del distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2014-MPH Huaral, 18 de julio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Planeamiento Integral del Predio parte de la Parcela 9- 9 A del Predio Rústico Molino Hospital, jurisdicción del Distrito de Chancay y Provincia de Huaral, Propiedad de la Empresa Unión de Negocios Corporativos S.A.C., referida a la Superfi cie Territorial conforme a los Planos signados en las Láminas P.Z-01, P.V-01, P.I-01, P.L-01, T- 01 y la Memoria Descriptiva propuesta; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece en su Artículo 73º, numeral I, acápite 1.3 y 1.8 que: Las Municipalidades, tomando en cuenta su condición de Municipalidad Provincial o Distrital, asumen las competencias y ejercen funciones específi cas señaladas en el Capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: 1.3 Habilitación y 1.8 Vialidad. Que, asimismo el Artículo 79º numeral 3, acápite 3.1, de la norma acotada, señala: que las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, tiene la función específica de aprobar el plan urbano o rural distrital, con sujeción al plan de normas municipales provinciales sobre la materia, apreciándose en el numeral 3.6 acápite 3.6.1 ANEXO N° 2