Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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6. Segregacion: Actividad humana mediante la cual, se acopian y seleccionan materiales segun sus componentes o elementos, dentro de los residuos solidos urbanos que han sido desechados. CATEGORIAS.Por su origen: 7. Residuos solidos urbanos domesticos: Son aquellos residuos solidos producto o resultado de las actividades domesticas o familiares, factibles de ser segregados. 8. Residuos solidos urbanos industriales: Son aquellos residuos solidos producto o resultado de actividades comerciales, institucionales, organizativas e industriales, factibles de ser segregados.

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

9. Residuos solidos urbanos sanitarios: Son aquellos residuos solidos producto o resultado de actividades medicas, hospitalarias, de sanidad o afines, factibles de ser segregados. 10. Residuos solidos urbanos organicos: Son aquellos residuos solidos cuya composicion se desprende de la materia organica vegetal, factibles de se segregados. Por su Composicion: 11. Residuos inertes: Son aquellos residuos urbanos que no se descomponen, ni contienen componentes cuyo contacto o exposicion genere algun riesgo para la salud humana. 12. Residuos peligrosos: Son aquellos residuos urbanos cuya manipulacion, contacto o exposicion requiere un tratamiento especializado, por contener un alto grado de riesgo para la salud humana.

ANEXO N° 2

1115141-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban Planeamiento Integral del Predio parte de la Parcela 9-9 A del Predio MORDAZA Molino Hospital, jurisdiccion del distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2014-MPH Huaral, 18 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL

VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Planeamiento Integral del Predio parte de la Parcela 99 A del Predio MORDAZA Molino Hospital, jurisdiccion del Distrito de Chancay y Provincia de Huaral, Propiedad de la Empresa Union de Negocios Corporativos S.A.C., referida a la Superficie Territorial conforme a los Planos signados en las Laminas P.Z-01, P.V-01, P.I-01, P.L-01, T01 y la Memoria Descriptiva propuesta; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece en su Articulo 73º, numeral I, acapite 1.3 y 1.8 que: Las Municipalidades, tomando en cuenta su condicion de Municipalidad Provincial o Distrital, asumen las competencias y ejercen funciones especificas senaladas en el Capitulo II del presente titulo, con caracter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: 1.3 Habilitacion y 1.8 Vialidad. Que, asimismo el Articulo 79º numeral 3, acapite 3.1, de la MORDAZA acotada, senala: que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tiene la funcion especifica de aprobar el plan MORDAZA o rural distrital, con sujecion al plan de normas municipales provinciales sobre la materia, apreciandose en el numeral 3.6 acapite 3.6.1

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