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El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528625 4. Realizar labores de segregación sin contar con la indumentaria y equipamiento completo en perfecto estado. 5. Realizar las labores de segregación sin ser operador autorizado. Artículo 8°.- PROGRAMACIÓN DE LAS CAPACITACIONES La División de Medio Ambiente, se encargará de programar y publicar el cronograma de capacitaciones a fi n que los operadores puedan contar con el mínimo de horas lectivas. El costo de dichas capacitaciones será asumido por los operadores (personas naturales) o las organizaciones cualquiera sea su modalidad. Las instituciones designadas para brindar estas capacitaciones remitirán el reporte de asistencia, currícula del curso y registro de evaluación de los asistentes, a efecto que la División de Medio Ambiente pueda corroborar la veracidad de la actualización en las capacitaciones exigidas. Artículo 9°.- INFRACCIONES Y SANCIONES Se consideran infracciones 1. No contar con la credencial de autorización como operador de segregación de residuos sólidos urbanos. 2. No contar con la indumentaria adecuada para la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 3. No respetar el horario establecido para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 4. No respetar los límites establecidos para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 5. No informar la utilización de vehículos para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 6. No identifi car los vehículos autorizados para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 7. No mantener operativos los vehículos autorizados para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 8. Generar disturbios, ruidos molestos o conductas inapropiadas en su zona de trabajo. 9. No dejar su zona de trabajo limpia y ordenada. 10. No estar correctamente identifi cados. 11. Realizar la actividad en compañía de otras personas y/o menores de edad. 12. Presentar documentación falsa para obtener la autorización de operador. 13. Ejercer la actividad después del vencimiento de su autorización y no haber solicitado su renovación. Incorpórese al Cuadro de Sanciones de la Municipalidad Distrital de La Punta. CÓDIGO DESCRIPCIÓN MONTO DE LA MULTA (%UIT) MEDIDA COMPLEMENTARIA 63-MA No contar con la credencial de autorización como operador de segregación de residuos sólidos urbanos. 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 64-MA No contar con la indumentaria adecuada para la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 65-MA No respetar el horario establecido para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 67-MA No respetar los límites establecidos para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 68-MA No informar la utilización de vehículos para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 50.00 Cancelación del Permiso y decomiso 69-MA No identifi car los vehículos autorizados para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos. 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso CÓDIGO DESCRIPCIÓN MONTO DE LA MULTA (%UIT) MEDIDA COMPLEMENTARIA 70-MA No mantener operativos los vehículos autorizados para realizar la actividad de segregación de residuos sólidos urbanos 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 71-MA Generar disturbios, ruidos molestos, o conductas inapropiadas en su zona de trabajo. 50.00 Cancelación del Permiso y decomiso 72-MA No dejar su zona de trabajo limpia y ordenada 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 73-MA No estar correctamente identifi cados 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 74-MA Realizar la actividad en compañía de otras personas 20.00 Suspensión de la autorización y decomiso 75-MA Presentar documentación falsa 50.00 Cancelación del Permiso y decomiso 76-MA Ejercer la actividad después del vencimiento de su autorización 50.00 Cancelación del Permiso y decomiso Artículo 10°.- Encargar a la División de Medio Ambiente y la Gerencia de Rentas el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 11°.- Encargar a la Ofi cina de Secretaría General y Archivo la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza. Artículo12°.- Encargar a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. servicioalciudadano.gob.pe), en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta. gob.pe). PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde ANEXO 1 GLOSARIO DE TERMINOS 1. Operador de residuos urbanos: Es la persona natural o jurídica que realiza actividades de recolección, selección, segregación, traslado y transporte de residuos urbanos. 2. Organización: Es la fi gura legal o normativa que distingue o identifi ca a un colectivo de operadores que realizan la actividad de recolección, selección, segregación, traslado y transporte de residuos urbanos. 3. Reciclaje: Proceso mediante el cual se incorpora residuos, insumos o productos fi nales de procesos de transformación y producción diseñados especialmente para eliminar o minimizar sus efectos contaminantes y generar benefi cios económicos. 4. Registro: Es el instrumento ofi cial mediante el cual el operador o la organización recibe el reconocimiento de la Municipalidad para realizar la actividad de recolección, selección, segregación, traslado y transporte de residuos urbanos, dentro del Distrito de La Punta. 5. Residuos sólidos urbanos: Los residuos sólidos urbanos son aquellos que se originan en los núcleos de población como consecuencia de la actividad habitual y diaria del ser humano.