Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

528629

MORDAZA indicado corresponde Industria Elemental y Complementaria 1-1 al predio materia de solicitud, y a los predios colindantes que conforman el sector materia de Planeamiento Integral: Industria Elemental y Complementaria (I-I), Comercio Vecinal (C2), Residencial de Media Densidad (R3) (R4), y Educacion (e); asi como a las actividades urbanas en la superficie territorial, especificaciones tecnicas que se describen en los planos con lamina P.Z-01, P.V-01, P.I-01, P.L-01, T-01 y la Memoria Descriptiva propuesto. Que Mediante Informe Nº 245-2014/MPH-GDUOTRCG de fecha 05 de MORDAZA del 2014, el Asesor Legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ordenamiento Territorial, opina por la procedencia del Planeamiento Integral del PREDIO PARTE DE LA PARCELA 9-9 A DEL PREDIO MORDAZA MOLINO HOSPITAL, jurisdiccion del Distrito de Chancay y Provincia de Huaral, solicitado por la Empresa Union de Negocios Corporativos S.A.C. Que, mediante Dictamen Nº 07-2014-MPH/CDUTSV de fecha 17 de MORDAZA del 2014, la Comision de Desarrollo MORDAZA, Transporte y Seguridad Vial del Concejo Municipal, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Articulo Unico: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba la propuesta de Planeamiento Integral del Predio Parte de la Parcela 9-9 A del Predio MORDAZA Molino Hospital de Distrito de Chancay ­ Huaral, formulado por Union de Negocios Corporativos S.A.C., por medio de su Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA Parodi Gal'lino, identificado con DNI Nº 06634103, domiciliado en el Distrito de La MORDAZA Vieja MORDAZA Los Eucaliptos Nº 128 ­ Lima; correspondiendole una MORDAZA de industria elemental ­ complementaria I-1, con sus vias correspondientes, para la instalacion de una Planta de Procesamiento de Frutas (PULPIN). Que, estando a los fundamentos MORDAZA expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º, numeral 8º Articulo 20 numeral 5º y Articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" con el MORDAZA Unanime de los Senores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA "QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACION DEL PREDIO PARTE DE LA PARCELA 9-9 A DEL PREDIO MORDAZA MOLINO HOSPITAL, DEL DISTRITO DE CHANCAY, PROVINCIA DE HUARAL, DEPARTAMENTO DE LIMA" Articulo Primero.- APROBAR el Planeamiento Integral del PREDIO PARTE DE LA PARCELA 9-9 A DEL PREDIO MORDAZA MOLINO HOSPITAL, jurisdiccion del Distrito de Chancay y Provincia de Huaral, Propiedad de la Empresa Union de Negocios Corporativos S.A.C., referida a la Superficie Territorial conforme a los Planos signados en las Laminas P.Z-01, P.V-01, P.I-01, P.L-01, T-01 y la Memoria Descriptiva propuesta. Articulo Segundo.- DEFINIR la integracion a la trama MORDAZA mas cercana del area materia de habilitacion y materia de estudio, resulta factible puesto que esta se podra realizar a traves de la propuesta de la proyeccion de una via local secundaria, clasificandola dentro de esta categoria por la funcion desempenada en via integradora y articuladora, en tal efecto el sector se integra al sistema vial del distrito a traves de esta via que articula el area de Planeamiento con la Carretera Panamericana Norte (Ovalo Chancay Huaral ­ via Nacional) a su vez con el centro MORDAZA del Centro Poblado Quepepampa hacia el Este a 1 KM. y hacia al Oeste con el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA, Buena Vista y la MORDAZA de Chancay. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ordenamiento Territorial, y la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, en cuanto le corresponda. Articulo Cuarto.- DISPONER la Publicacion de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1114713-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 22% de las viviendas urbanas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0009-2014-MDSM/A MORDAZA MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: El Proveido Nº 003-2014-PPR/METAS-PI-MDSM, del Coordinador del Programa de Incentivos; referente a la aprobacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 22% de las Viviendas Urbanas del distrito; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo que establece el 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es funcion indelegable del estado impulsar politicas orientadas a la prevencion de la contaminacion y a la proteccion de la salud y el medio ambiente; y , conforme lo establece el numeral 4.1 del Articulo 80º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, es competencia de las Municipalidades administrar y reglamentar directamente o por concesion el servicio de limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, entre otros, cuando esten en capacidad de hacerlo, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, conforme al Articulo 10º de la Ley General de Residuos Solidos ­ Ley Nº 27314, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1065, los distritos son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos, y de la limpieza de las vias, espacios y monumentos publicos de su jurisdiccion y deben contar con planes de manejo de los mismos. Asimismo el numeral 2 del Articulo 8º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM indica que la municipalidad distrital es responsable de la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares originados por otras actividades y que corresponde a estas municipalidades, entre otras, asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar su adecuada disposicion final; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Politica 2: Gestion Integral de la Calidad Ambiental; componente 4. Residuos Solidos; como un Lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los Gobiernos Regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, a traves de la Ordenanza Nº 006-2013-MDSM de fecha 12 de junio del 2013 se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos; Que, a la fecha, esta vigente el Decreto de Alcaldia Nº 005-2013-MDSM/A, de fecha 10 de MORDAZA del 2013, el mismo que Aprueba el Programa de Segregacion en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.