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El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528613 Quinta.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Informática su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (www.munipuntahermosa.gob. pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1114709-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban Ordenanza que protege el derecho a la tranquilidad ORDENANZA Nº 391-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de junio de 2014, Dictamen Nº 006-2014-CDU/MDR de la Comisión de Desarrollo Urbano, Informe Nº 381-2014- GAJ-MDR de fecha 10 de junio de 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica Memorando Nº 204 -2014-GFA-MDR de fecha 18 de mayo de 2014 de la Gerencia de Fiscalización Administrativa; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 2, numeral 22 de la Constitución Política del Perú regula el derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida y se hace indispensable también protegerlo a nivel normativo municipal; Que, es indispensable adecuar la Ordenanza Nº 234-MDR del 23 de marzo de 2011 y modifi catorias para proteger el derecho fundamental antes mencionado; Que, el artículo 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - establece que las Ordenanzas Municipales son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Asimismo, indica que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de la Comisión de Desarrollo Urbano, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto unánime de los regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE PROTEGE EL DERECHO A LA TRANQUILIDAD Artículo Primero.- Incorporar la infracción número 03-0109 a la Ordenanza Nº 234-MDR dentro de la línea de acción de Moral y Orden Público – Infracciones contra el orden público en general, con el siguiente texto: MORAL Y ORDEN PÚBLICO (03) INFRACCIONES CONTRA EL PÚBLICO EN GENERAL (03.01) Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 03-0109 Perturbar la tranquilidad de las personas y/o vecinos. 5 UIT Clausura hasta que regularice la conducta o paralización. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización Administrativa el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría Municipal y a la Sub gerencia de Informática, disponga la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la corporación edil, cuya dirección es www. munirimac.gob.pe, POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Palacio Municipal a los veintiocho días del mes de junio de 2014. ENRIQUE PERAMÁS DIAZ Alcalde 1114593-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 367-MDSMP San Martín de Porres, 22 de julio del 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 22.JULIO.2014, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la fecha se trató sobre el Pedido de señores regidores que lo suscriben, a fi n de que el Pleno aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en la jurisdicción, el mismo que forma parte como Anexo; para lo cual se cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Servicios Públicos (Memorándum Nº 324-2014-GSPyMA/MDSMP), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Informe Nº 067-2014-GPP/MDSMP), Gerencia de Desarrollo Urbano (Informe Nº 303-2014-GDU-MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1047-2014-GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 9, Inciso8) y 40 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres aprueba la siguiente ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Martín de Porres, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente norma municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente, así como a las instancias administrativas que correspondan, el estricto cumplimiento de esta Ordenanza; y su publicación a la Secretaría General, así como su difusión a través de la Subgerencia de Comunicaciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1115271-1