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El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528717 VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de julio del 2014; el Informe Nº 281-2014-MDA/GDU-SGTTV de la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad; el Informe Nº 032-2014-MDA/GDS-SGDHC-OMAPED de la encargada del O¿ cina Municipal de Atención para Personas con Discapacidad – OMAPED-ATE; Informe Nº 261-2014-MDA/GDS-SGDHC de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Cultural; el Informe Nº 060-2014- MDA/GP-SGPMI de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Municipal; el Informe Nº 747-2014-MDA/ GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 444-2014-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidas a asuntos especí¿ cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, publicado en el Diario O¿ cial “El Peruano” con fecha 17 de enero de 2014, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año ¿ scal 2014; la Meta 2 de la citada norma establece: “Diagnostico de accesibilidad para las personas con discapacidad”, para municipalidades de ciudades principales tipo A, correspondientes al 31 de julio de 2014; asimismo, la Resolución Directoral Nº 003- 2014-EF/50.01, publicado en el diario O¿ cial El Peruano el 31 de Enero del 2014, aprueba los Instructivos para el cumplimiento de las Metas; Que, para el cumplimiento de la Meta Nº 02, las municipalidades deben elaborar un plan de accesibilidad para personas con discapacidad y personas con movilidad reducida, que contenga la estimación de presupuesto respecto del área focalizada en el diagnostico de barreras urbanísticas y arquitectónicas; Que, el Consejo Nacional para la integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, ha emitido la Guía Metodológica para el cumplimiento de la Meta Nº 2, estableciendo cumplir con los siguientes pasos: i) Asignación de Funciones y de un espacio para la OMAPED; ii) Diagnostico de Barreras Urbanísticas y Arquitectónicas de una zona delimitada alrededor del Palacio Municipal, iii) Elaboración de un Plan de Accesibilidad para Personas con Discapacidad y Personas con Movilidad Reducida, y iv) Emisión de un acuerdo de Concejo Municipal de aprobación del Plan de Accesibilidad para su implementación en el año 2015; Que, mediante Informe Nº 281-2014-MDA/GDU- SGTTU, la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad presenta el Diagnostico de Accesibilidad para Personas con Discapacidad, Plan de Accesibilidad para personas con discapacidad y de personas con Movilidad Reducida, y el proyecto de Acuerdo de Concejo para su respectiva aprobación, señalando que los mismos han sido elaborados conforme a la Guía Metodológica para el cumplimiento de la referida Meta Nº 2; Que, mediante Informe Nº 032-2014-MDA/GDS- SGDHC-OMAPED, la encargada de la OMAPED-ATE; y mediante Informe Nº 261-2014-MDA/GDS-SGDHC, la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Cultural, recomiendan la aprobación del Plan de Accesibilidad para Personas con Discapacidad y de Personas con Movilidad Reducida, por considerar que cumplen con lo señalado por la Guía Metodológica para el cumplimiento de la Meta Nº 2, que proporcionan propuestas concretas y especi¿ cas de acciones para disminuir o reducir las di¿ cultades para el transito de las personas con discapacidad; Que, mediante Informe Nº 747-2014-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación del Plan de Accesibilidad para Personas con Discapacidad y Personas con Movilidad Reducida, el cual corresponde ser aprobada por el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo; Que, mediante Informe Nº 060-2014-MDA/GP-SGPMI, la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Municipal en forma conjunta con la Gerencia de Plani¿ cación señalan que los documentos emitidos aportan al rol promotor de la Municipalidad para el desarrollo humano, encontrándolo conforme a las disposiciones establecidas en la Guía Metodológica, remitiendo los actuados para su revisión y se disponga el trámite de aprobación correspondiente mediante Acuerdo de Concejo; Que, mediante Memorando Nº 444-2014-MDA/ GM, la Gerencia Municipal remite los actuados respecto al Plan de Accesibilidad para Personas con Discapacidad y de Personas con Movilidad Reducida, señalando poner a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR; el PLAN DE ACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, para el cumplimiento de la Meta 02: “Diagnostico de accesibilidad para las personas con discapacidad”, del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año ¿ scal 2014; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Tránsito, Transportes y Vialidad, Gerencia de Plani¿ cación, Sub Gerencia de Procesos y Modernización Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Cultural, OMAPED, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1116073-2 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Implementan Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de las viviendas urbanas del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2014-MDB Barranco, 21 de julio de 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS: Los Memorándum Nº 050 y Nº 611-2014- GPPR-MDB, de fechas 21 de enero y 07 de julio del 2014, emitidos por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; El Informe Nº 269-2014-GAJ-MDB, de fecha 15 de julio del 2014, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum Nº 461-2014/ GDGAYO/MDB, de fecha 15 de julio del 2014, emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato, respecto al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de las viviendas urbanas del distrito;