Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2014 (26/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 102

El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528732 SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 20% de las viviendas urbanas del distrito, en el marco del Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, a través del cual se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de las metas y la asignación de los recursos del Plan de incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Servicios a la Comunidad su observancia y cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O¿ cina de Secretaria General e Imagen Institucional la difusión y publicación del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 1115607-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Disponen elevar a rango de Ordenanza el Decreto de Alcaldía Nº 03-2011- MSS ORDENANZA Nº 493-MSS Santiago de Surco, 23 de julio del 2014 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 08-2014-CDU- CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 2716-2014-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 540-2014-GM- MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 537-2014- GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 195-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 637-2014-SGLECU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias de Edi¿ cación y Control Urbano, el Informe Nº 333-2014-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba la Reglamentación Especial del sector comprendido por las Urbanizaciones y/o Parcelaciones semirústicas Las Casuarinas, las Lomas de Monterrico, las Laderas de Monterrico, Panedia, Casuarinas Alta, parte de Huertos de San Antonio con Zoni¿ cación de residencial de densidad muy baja (RDMB) conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana y aprueba sus Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)”, lo cual resulta concordante con lo establecido en el del Artículo 39º de la acotada norma, que señala “Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. (...)”; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ordenanza Nº 912-MML, aprobó el Reajuste Integral de la Zoni¿ cación de los Usos del Suelo de un Sector del Distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; disponiendo en el Artículo 8º que la Municipalidad de Santiago de Surco, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, los Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios de Estacionamientos, Retiros, Tamaño Mínimo de Departamentos y Otros para su aplicación en la jurisdicción distrital; dispositivo legal por el cual se aprobó los Decretos de Alcaldía Nº 03-2011- MSS publicado el 12.03.2011, Nº 20-2011-MSS publicado el 27/08/2011, Nº 02-2013-MSS publicado el 3/02/2014, Nº 15-2013-MSS publicado el 21/09/2013, entre otras normas legales; Que, por Informe Nº 333-2014-SGPUC-GDU-MSS del 16.07.2014, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, solicita se emita una ordenanza que establezca un régimen normativo especial para el sector del distrito que comprende las Urbanizaciones y/o parcelaciones semirústicas de Las Casuarinas, Las Lomas de Monterrico, Las Laderas de Monterrico, Panedia, Casuarinas Alta, parte del Huerto de San Antonio con Zoni¿ cación Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB), conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, aprobando sus parámetros urbanísticos y edi¿ catorios, que permita garantizar las condiciones actuales de residencialidad y calidad de vida de los vecinos que radican en las referidas urbanizaciones, sustentándose en los Informes Nº 028-2014-GRP de fecha 16.07.2014 y Nº 017-2014-CZB-APU de fecha 16.07.2014; Que, con Informe Nº 637-2014-SGLECU-GDU-MSS del 17.07.2014, la Subgerencia de Licencias de Edi¿ cación y Control Urbano, indica que efectuada la evaluación técnica en lo que corresponde a su competencia, resulta conveniente se apruebe el proyecto de ordenanza submateria; Que, mediante Informe Nº 195-2014-GDU-MSS del 17.07.2014, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite la correspondiente propuesta de ordenanza, considerando la problemática del sector involucrado (Urbanizaciones y/ o Parcelaciones semirústicas Las Casuarinas, las Lomas de Monterrico, las Laderas de Monterrico, Panedia, Casuarinas Alta, parte de Huertos de San Antonio con Zoni¿ cación de residencial de densidad muy baja (RDMB), conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana). Por otro lado, conforme a lo establecido en el numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que el proyecto de ordenanza se encuentra exceptuado de prepublicación, por cuanto la aprobación de los Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios correspondientes a las Urbanizaciones y/o parcelaciones semirústicas, son de interés inmediato para la población asentada en la zona involucrada, que se busca proteger con la dación de la ordenanza, no afectándose el interés público; Que, mediante Informe Nº 537-2014-GAJ-MSS del 17.07.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación generada y la normatividad vigente, concluye opinando por la procedencia del proyecto de Ordenanza que establece el Régimen Especial del sector comprendido por las Urbanizaciones y/o Parcelaciones semirústicas Las Casuarinas, las Lomas de Monterrico, las Laderas de Monterrico, Panedia, Casuarinas Alta, parte de Huertos de San Antonio con Zoni¿ cación de residencial de densidad muy baja (RDMB) conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana y aprueba sus parámetros urbanísticos y edi¿ catorios, por lo que, deberá remitirse los actuados