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El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528726 Artículo Cuarto.- Incorporar el ítem (16) en el Cuadro Nº 01 - Resumen de Zoni¿ cación Residencial del Artículo 11º del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito de La Molina, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005-2012, y sus modi¿ catorias según el siguiente texto: Art. 11º ZONIFICACION (...) CUADRO Nº 01 RESUMEN DE ZONIFICACION RESIDENCIAL (...) (16) En zoni¿ cación RDB (sin trama) , RDB (con trama) y RDM, se permitirá el uso multifamiliar solo de 03 de unidades de vivienda (como máximo), en lotes cuya fachada principal se ubique frente a vías locales; solo en los casos en que el Plano de Alturas de Edi¿ cación le permita una altura de 03 pisos, debiéndose respetar las áreas mínimas por unidad de vivienda señaladas en el Artículo 19º numeral 19.1 del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-MDLM y sus modi¿ catorias. Artículo Quinto.- Modi¿ car los literales b), c) y d) del numeral 11.1 del Artículo 11º del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito de La Molina, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005- 2012, y sus modi¿ catorias, según el siguiente texto: (...) b) Residencial de Densidad Baja (RDB sin trama) Se permitirá el uso multifamiliar solo de 03 de unidades de vivienda (como máximo), en lotes cuya fachada principal se ubique frente a vías locales; solo en los casos en que el Plano de Alturas de Edi¿ cación le permita una altura de 03 pisos, debiéndose respetar las áreas mínimas por unidad de vivienda señaladas en el Artículo 19º numeral 19.1 del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-MDLM y sus modi¿ catorias. c) Residencial de Densidad Baja (RDB con trama) Se permitirá el uso multifamiliar solo de 03 de unidades de vivienda (como máximo), en lotes cuya fachada principal se ubique frente a vías locales; solo en los casos en que el Plano de Alturas de Edi¿ cación le permita una altura de 03 pisos, debiéndose respetar las áreas mínimas por unidad de vivienda señaladas en el Artículo 19º numeral 19.1 del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-MDLM y sus modi¿ catorias. d) Residencial de Densidad Media (RDM) Se permitirá el uso multifamiliar solo de 03 de unidades de vivienda (como máximo), en lotes cuya fachada principal se ubique frente a vías locales; solo en los casos en que el Plano de Alturas de Edi¿ cación le permita una altura de 03 pisos, debiéndose respetar las áreas mínimas por unidad de vivienda señaladas en el Artículo 19º numeral 19.1 del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-MDLM y sus modi¿ catorias. Artículo Sexto.- Incorporar el literal u. al numeral 18.3 del Artículo 18º del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi¿ catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito de La Molina, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005-2012, según el siguiente texto: (...) u. Para predios que presentan zoni¿ cación Residencial de Densidad Baja con trama (3 pisos) y Residencial de