Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2014 (26/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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Articulo Segundo.- Modi car el numeral 2 e incorporar los numerales 8 y 9 al literal "l" del Articulo 15º del Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edi catorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, aprobado por el Decreto de Alcaldia Nº 005-2012MDLM y sus modi catorias; segun el siguiente texto: (...) "2. Los predios ubicados con frente a la Av. La MORDAZA en el tramo comprendido entre el MORDAZA Ontario y Av. Rinconada del Lago Oeste con zoni cacion Residencial de Densidad Baja (RDB) podran ser compatibles con O cinas Administrativas y Guarderias; para el caso de Guarderias se requiere un area minima de lote de 1000.00 m2, precisandose que para el uso de O cinas Administrativas se considerara el lote existente, debiendo respetar los Estandares de Calidad normados para cada actividad." (...) "8. Los predios ubicados con frente al MORDAZA Paseo los Eucaliptos lado par en el tramo comprendido entre Av. Las Palmeras y Av. Separadora Industrial con zoni cacion Residencial de Densidad Baja (RDB) o Residencial de Densidad Baja con trama podran ser compatibles con O cinas Administrativas debiendo resolver el requerimiento de estacionamientos dentro del limite de propiedad del lote y respetar los Estandares de Calidad normados para dicha actividad. "9. En los predios ubicados con frente a la Av. Huarochiri, (lado impar), en el tramo comprendido entre la Av. MORDAZA MORDAZA y la Av. Separadora Industrial con zoni cacion Residencial de Densidad Media (RDM), se permitira el desarrollo de giros compatibles con la zoni cacion Comercio Vecinal (CV), siempre y cuando los predios donde desarrollen dichas actividades comerciales cumplan con los Estandares de Calidad y Niveles Operacionales y se cuente con la dotacion necesaria de estacionamientos; dichos locales solo podran hacer uso del primer piso de la edi cacion para la actividad comercial y no se podran desarrollar en la MORDAZA de estacionamientos del predio." Articulo Tercero.- Modi car el Cuadro de Parametros Urbanisticos y Edi catorios de los Sub lotes 1A1 y 1A2 de la Mz. I-6 de la Urb. La Riviera de Monterrico II Etapa (Ex IBM); el Cuadro de Parametros Urbanisticos y Edi catorios de los Lotes 2, 3 (acumulados); 4, 5, 7, 8 (acumulados) y 9 de la Mz. L-2 de la Parcelacion Semirustica MORDAZA MORDAZA Sector de la III Etapa y el Lote 10 de la Mz. L-2 de la Parcelacion Semirustica MORDAZA I Etapa, asi como los Gra cos I, II y III contenidos en el Item (2) del Cuadro Nº 02 ­ Resumen de Zoni cacion Comercial, del Articulo 11º numeral 2 del Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edi catorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito de La MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 005-2012 y sus modi catorias, conforme se detalla a continuacion: (...)
PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS de los Sublotes 1A1 y 1A2 de la Mz. I-6 de la Urb. La Riviera de Monterrico II Etapa (Ex IBM) ZONIFICACION AREA DE NORMATIVO USOS PERMITIDOS TRATAMIENTO Comercio Zonal III Comercio: Centro Empresarial, Financiero, O cinasAdministrativas, Centro de Convenciones (o similares) Los permitidos en el Indice de Usos vigente RETIROS LATERALES (Colindante 10.00 ml. (***) con propiedad de terceros) RETIROS LATERALES (Colindante 5.00 ml. a vias) RETIROS LATERALES (Torre)

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

10.00 ml. (despues del retiro lateral de 5.00 ml.)

RETIRO POSTERIOR (Colindante 10.00 ml. (***) con propiedad de terceros) RETIRO POSTERIOR (Colindante 5.00 ml. a vias) RETIRO POSTERIOR (Torre) 10.00 ml. (despues del retiro posterior de 5.00 ml.) 01 estacionamiento por cada 40 m² de area comercial (o cinas) 01 estacionamiento cada 08 DE butacas (centro de Convenciones o similares) y 01 estacionamiento por cada 20 m² de uso comercial (Tiendas)

REQUERIMIENTO ESTACIONAMIENTO

(*) Se destinara un porcentaje de 50% para area verde. (**) La Altura MORDAZA de edi cacion de hasta 12 pisos correspondera unicamente a la MORDAZA Principal, resultante de los retiros minimos exigidos. (***) En el caso del retiro lateral y posterior con colindancia hacia propiedad privada, el retiro total exigido sera de 10.00 ml. VER GRAFICOS I, II y III. PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS de los Lotes 2, 3 (acumulados); 4, 5, 7, 8 (acumulados) y 9 de la Mz. L-2 de la Parcelacion Semirustica MORDAZA MORDAZA Sector de la III Etapa y el Lote 10 de la Mz. L-2 de la Parcelacion Semirustica MORDAZA I Etapa ZONIFICACION Comercio Zonal AREA DE TRATAMIENTO III NORMATIVO Comercio: Centro Empresarial, Financiero, O cinas Administrativas, USOS PERMITIDOS Centro de Convenciones (o similares) Los permitidos en el Indice de Usos USOS COMPATIBLES vigente LOTE MINIMO CON FINES DE No se permitira la subdivision HABILITACION O SUBDIVISION FRENTE MINIMO DE LOTE El existente AREA LIBRE MINIMA(% DE LOTE) 30 % (*) ALTURA MORDAZA DE EDIFICACION 5 y 12 pisos (**) RETIRO FRONTAL (Lote) 5.00 ml. 5.00 ml. (despues del retiro de 5.00 RETIRO FRONTAL (Torre) ml.-Lote) RETIROS LATERALES (Colindante 10.00 ml. (***) con propiedad de terceros) RETIROS LATERALES (Colindante 5.00 ml. a vias) 10.00 ml. (despues del retiro lateral RETIROS LATERALES (Torre) de 5.00 ml.) RETIRO POSTERIOR (Colindante 10.00 ml. (***) con propiedad de terceros) RETIRO POSTERIOR (Colindante 5.00 ml. a vias) 10.00 ml. (despues del retiro RETIRO POSTERIOR (Torre) posterior de 5.00 ml.) 01 estacionamiento por cada 40 m² de area comercial (o cinas) 01 estacionamiento cada 08 REQUERIMIENTO DE butacas (centro de Convenciones o ESTACIONAMIENTO similares) y 01 estacionamiento por cada 20 m² de uso comercial (Tiendas) (*) Se destinara un porcentaje de 50% para area verde. (**) La Altura MORDAZA de edi cacion de hasta 12 pisos correspondera unicamente a la MORDAZA Principal, resultante de los retiros minimos exigidos, debiendo tener en cuenta los gra cos I, II y III. (***) En el caso del retiro lateral y posterior con colindancia hacia propiedad privada, el retiro total exigido sera de 10.00 ml. VER GRAFICOS I, II y III.

USOS COMPATIBLES

LOTE MINIMO CON FINES DE No se permitira la subdivision HABILITACION O SUBDIVISION FRENTE MINIMO DE LOTE AREA LIBRE MINIMA(% DE LOTE) RETIRO FRONTAL (Lote) RETIRO FRONTAL (Torre) El existente 30 % (*) 5.00 ml. 5.00 ml. (despues del retiro de 5.00 ml.-Lote)

ALTURA MORDAZA DE EDIFICACION 5 y 12 pisos (**)

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