Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2014 (26/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

528731

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban Plan de Accesibilidad para personas con discapacidad y personas con movilidad reducida
ACUERDO DE CONCEJO Nº 53-2014-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 28 de junio de 2014, Dictamen Nº 007-2014-CDU/MDR de la Comision de Desarrollo MORDAZA de fecha 27 de junio de 2014, Informe Nº 427-2014-GAJ-MDR de fecha 27 de junio de 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobierno Locales gozan la autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en su articulo 41º prescribe que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especi cos de interes publico, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal del ano 2014, se establecio la Meta Nº 02 "Diagnostico de Accesibilidad para la Persona con Discapacidad" para las municipalidades de ciudades principales MORDAZA A, correspondiente al 31 de MORDAZA del 2014; Que, para el cumplimiento de la Meta Nº 02 las municipalidades deben elaborar un plan de accesibilidad para personas con discapacidad y personal con movilidad reducida, que contenga la estimacion del presupuesto respecto del area focalizada en el diagnostico de barreras urbanisticas; Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el inciso 26) del articulo 9º y articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR el Plan de Accesibilidad para personas con discapacidad y personas con movilidad reducida, de la Municipalidad Distrital del MORDAZA para el cumplimiento de la META Nº 02: "Diagnostico de Accesibilidad para Personas con Discapacidad" del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014. Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal, asi como a las areas involucradas de la Municipalidad Distrital del Rimac. Dado en el Palacio Municipal a los veintiocho dias del mes de junio de dos mil catorce. Registrese, comuniquese, cumplase. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 1116068-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 20% de las viviendas urbanas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2014/MDSB San MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTO: El informe Nº 171-2014-GSC/MDSB de fecha 11 de MORDAZA del ano en curso, referente a la aprobacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 20% de las viviendas urbanas del Distrito y: CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo de y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es la funcion indelegable del Estado impulsar politicas orientadas a la prevencion de la contaminacion y a la proteccion de la salud y el medio ambiente; y conforme lo establece los numerales 4.1 y 4.5 del articulo 80º de la Ley 27972, es competencia de las Municipalidades, administrar y reglamentar directamente o por concesion el servicio de limpieza publica y tratamiento de los residuos solidos, entre otros, cuando esten en la capacidad de hacerlo, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, conforme al articulo 10º de la Ley General de Residuos Solidos, Nº 27314, modi cado por el Decreto Legislativo Nº 1065, los Distritos son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de residuos solidos, y de la limpieza de las vias, espacios y monumentos publicos de su jurisdiccion, y deben contar con planes de manejo de los mismos. Asimismo el numeral 3 del articulo 8º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, indica que la Municipalidad Distrital es responsable de la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares originados por otras actividades; y que corresponde a estas Municipalidades, entre otras, asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar su adecuada disposicion nal; Que el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, en el Eje de Politica 2: Gestion Integral de la calidad ambiental, componente 4. Residuos Solidos, como un lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; que , para el ano 2014, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se aprueba el procedimiento para el cumplimiento de las metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014; dentro de los cuales se encuentra la meta de Implementar el programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en un 20% de las viviendas urbanas del Distrito. Estando a lo expuesto; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972:

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