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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2014 (26/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 89

El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528719 Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10º preceptúa que Las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición ¿ nal de los mismos; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. 057 -2004- PCM, precisa en el Artículo 23 que las municipalidades distritales formulan sus Planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley. Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2014 – 2017 para el Distrito de Carabayllo, ha sido elaborado por la Sub Gerencia de Medio Ambiente órgano de línea de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente de la Municipalidad distrital de Carabayllo, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición ¿ nal, asegurando una e¿ ciente y e¿ caz prestación de los servicios y actividades. Que, mediante INFORME Nº 246 –2014 -SGMA- GSCMA – A/MDC, la Sub Gerencia de Medio Ambiente, formula y presenta el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2014 - 2017 del distrito de Carabayllo, el cual sustenta el cumplimiento de metas establecidas en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014 acorde al Decreto Supremo Nº 015 – 2014 EF. Que, la Municipalidad de Distrital de Carabayllo y su Equipo Técnico Ambiental, han elaborado el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2014 – 2017 del Distrito de Carabayllo, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades. De conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, inciso 8), Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS 2014 – 2017 DEL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2014 – 2017” del Distrito de Carabayllo, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2014 – 2017 del Distrito de Carabayllo, para el mejor cumplimiento del mismo. Artículo Cuarto.- Encargar a La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente la implementación y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2014 – 2017 del Distrito de Carabayllo, en coordinación con las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad. Artículo Quinto.- Encargar a Secretaría General, disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O¿ cial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 1116241-1 Aprueban Programa de Segregación en la Fuente de Residuos Sólidos Domiciliario en un 25% de las Viviendas Urbanas del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2014-A/MDC Carabayllo, 18 de julio de 2014 VISTO: Los Informes Nº 0208, 0209 y 0210-2014/GSCMA/ MDC de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, e Informes Nº 261, 262 y 263-2014-SGMA- GSCMA/MDC de la Sub Gerencia de Medio Ambiente, que en aplicación del Decreto Supremo Nº015-2014-EF, sobre el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, cuya Meta 03 es la Implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de las viviendas urbanas en el Distrito de Carabayllo, y el Informe Nº0220-2014-GAJ/ MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modi¿ cado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo Nº 73º numeral 3) sobre la protección y conservación del ambiente, prescribe que es competente para formular, aprobar, ejecutar y monitorear planes y políticas locales en materia ambiental en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, el Artículo 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e¿ ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, establece los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, mediante Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores se estableció el marco normativo para la regulación de las actividades de los recicladores orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente e¿ ciente de los residuos sólidos en el país; Que, mediante Ordenanza Nº 295-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha creado el “Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos” estableciendo las disposiciones que rigen los aspectos técnicos y administrativos del Sistema; determinando las responsabilidades de las personas naturales y jurídicas de derecho público y privado que generan residuos sólidos y de las que desarrollan actividades vinculadas a la gestión de residuos sólidos, ello con la ¿ nalidad de fomentar el bienestar de los vecinos de Lima asegurando el saneamiento ambiental a través de un servicio