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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2014 (27/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528818 para municipalidades de ciudades principales tipo A, correspondiente al 31 de Julio de 2014; Que, para el cumplimiento de la Meta Nº 02 las municipalidades deben elaborar un plan de accesibilidad para personas con discapacidad y personas con movilidad reducida, que contenga la estimación de presupuesto respecto del área focalizada en el diagnóstico de barreras urbanísticas y arquitectónicas, el mismo que ha sido remitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y con el voto unánime de los miembros del concejo municipal; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Accesibilidad para Personas con Discapacidad y Personas con movilidad reducida de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, para el cumplimiento de la Meta 02: “Diagnóstico de Accesibilidad para personas con discapacidad” del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo, así como a las áreas involucradas de la Municipalidad de Chaclacayo. Regístrese, comuníquese, cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 1116050-4 Aprueban “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva en el Distrito de Chaclacayo – 2014” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2014-MDCH Chaclacayo, 24 de julio del 2014 VISTO: El Informe Nº 131-2014-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 214-2014/ MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 043-2014-GSC/MDCH de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Ambiente – Ley Nº 28611, como marco normativo legal en gestión ambiental vela por el respeto de los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para contribuir a una efectiva gestión ambiental y proteger el ambiente y mejorar la calidad de vida de la población logrando el desarrollo sostenible del país; Que, la Ley General de Residuos Sólidos – Ley Nº 27314, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, señala en su artículo 10, el rol de las municipalidad distritales y las provinciales, la responsabilidad por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de limpieza de vías, espacios y monumentos públicos de su jurisdicción; Que, mediante la Ley Nº 29332, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009- MINAM, se aprobó la Política Nacional de Ambiente en cuyo eje de política 2, se establecieron los lineamientos de política para la gestión de los residuos sólidos a nivel nacional; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 308-MDCH del 23 de Julio del 2014 se aprobó el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2014-2016 en el Distrito de Chaclacayo, que dispone en su Artículo Segundo que mediante Decreto de Alcaldía se proceda a la aprobación del Programa de Segregación de Residuos Sólidos; Que, con la fi nalidad de garantizar la gestión integral, el manejo sostenible e incorporar la participación ciudadana a través de los vecinos, organizaciones vecinales y los representantes de instituciones públicas y privadas, se hace necesario formular el “Programa de Segregación en la fuente y recolección selectiva en el Distrito de Chaclacayo-2014”. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO – 2014”, el mismo que fi gura como Anexo del presente Decreto de Alcaldía y que constituye parte integrante del mismo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el cumplimiento de la presente disposición municipal, realizando las acciones que correspondan. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo del presente Decreto de Alcaldía en la página web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN Alcalde 1116050-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Jesús María ORDENANZA Nº 442-MDJM Jesús María, 21 de julio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de los señores regidores y con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Jesús María como gobierno local cuenta con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia de acuerdo a lo establecido en el Título Preliminar, Artículo II de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, los numerales 3.1 y 3.5 del inciso 3 del Artículo 73º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades establece que es de competencia municipal, en materia de protección y conservación del ambiente, formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; y coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental en el marco del Sistema Nacional y Regional de la Gestión Ambiental; Que, la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314 modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, establece en el Artículo 10 que las Municipalidades Distritales planifi carán y aprobarán su Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el ámbito distrital, así mismo implementarán progresivamente programas de segregación en la fuente