Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2014 (31/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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ejecucion del PLAN INTEGRAL DE GESTION AMBIENTAL DE RESIDUOS SOLIDOS - PIGARS DE LA PROVINCIA DE HUAURA en coordinacion permanente con el GRUPO TECNICO PROVINCIAL DE GESTION DE RESIDUOS SOLIDOS, a efectos que priorice el cumplimiento de dicho Plan y presentar las rendiciones correspondientes en los plazos establecidos. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Oficina de Imagen Institucional, la difusion de la presente Ordenanza, asi como a la Oficina de Tramite Documentario y Archivo Central transcribir la presente a las areas correspondientes y organos competentes. Articulo Sexto.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y sus anexos en el MORDAZA Institucional www.munihuacho.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. POR TANTO MANDO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial 1117038-1

El Peruano Jueves 31 de MORDAZA de 2014

Crean Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos a cargo de la Municipalidad Provincial de Huaura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2014-A/MPH MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA. POR CUANTO: VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 05, celebrada el dia 24.07.2014, mediante el Informe Nº 1093-2014- GSP/MPH del Gerente de Servicios Publicos de la Municipalidad Provincial de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, conforme lo dispone el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Solidos , su modificatoria el Decreto Legislativo Nº 1065 y Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0572004-PCM; establece que el rol de la municipalidades es "Implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada". Asi mismo establece que la Municipalidades deben ejecutar programas para la formalizacion de los segregadores, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de residuos solidos; Que, la Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, y su Reglamento D.S. 005-2010MINAM, establece el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion y asociacion, y contribuyendo a la mejora del manejo ambientalmente eficiente de los residuos solidos en el pais. Asimismo define que los gobiernos locales seran los entes reguladores de la actividad de los recicladores en

el ambito de su jurisdiccion; con un enfoque orientado a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos, potenciando la actividad a traves de la elaboracion de normas de promocion. La citada ley establece que los gobiernos locales mantendran un registro de inscripcion de las organizaciones de recicladores, cuyos miembros operen en su jurisdiccion para el otorgamiento de la autorizacion y certificacion correspondientes, la cual ademas debe servir para el acceso a los beneficios que se establezcan; Que, la Resolucion Ministerial del Ministerio de Salud Nº 702-2008, aprueba la MORDAZA Tecnica de Salud Nº 0732008-MINSA/DIGESA-V.01, que guia el Manejo Selectivo de Residuos Solidos por Segregadores, la cual determina los estandares operacionales (aspectos de salud ocupacional y manipulacion) que los segregadores deben aplicar para la ejecucion de la actividad del reciclaje, sin perjuicio de su salud ni de la salud publica; Que, el Decreto Supremo Nº 012-MINAM-2009, Politica Nacional del Ambiente, establece como lineamiento de Politica de los Residuos Solidos promover la formalizacion de los segregadores, recicladores y otros actores que participan en el manejo de los residuos solidos; Que, el decreto supremo Nº 005-2010- MINAM que reglamenta la Ley Nº 29419, en su articulo 7.1 establece que las Municipalidades Provinciales en el ambito de su jurisdiccion, son las responsables de elaborar e implementar el programa de Formalizacion de Recicladores y recoleccion Selectiva de Residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, siendo en el articulo 30 de la MORDAZA acotada senala que las Municipalidades elaboran y aprueban una Ordenanza Municipal que complemente los aspectos legales, tecnicos, administrativos y operativos para la formalizacion de recicladores; Que, el articulo 46º del decreto en mencion, senala que las Municipalidades podran implementar progresivamente incentivos y/o ambientales y/o economicos acorde con su programa de formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos , para que los contribuyentes participen activamente, asi mismo el articulo 51º precisa que las Municipalidades Provinciales deberan aprobar su regimen de aplicacion de Sanciones, el mismo que debe considerar infracciones y sanciones diferenciadas para las operadoras autorizadas, tomando en cuenta como conductas no concordantes lo senalado en el Reglamento de la Ley Nº 29419; Que, el articulo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, estipula que es atribucion del Concejo Municipal el aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y; Estando a lo senalado en el Informe Nº 1093 -GSP/ MPH, senalando la dispensa del Dictamen de la Comision de Regidores de Turismo y Medio Ambiente, el Concejo Municipal por Mayoria aprueba lo siguiente: ORDENANZA DE CREACION DEL PROGRAMA DE FORMALIZACION DE RECICLADORES Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA CAPITULO I PROGRAMA DE FORMALIZACION DE RECICLADORES Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS Articulo 1º.- Creacion del Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos. Crease el Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos a cargo de la Municipalidad Provincial de HUAURA. Articulo 2º.- Objeto del Programa El objeto del Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos, es ordenar, regular y promover la actividad de los recicladores y el manejo selectivo de los residuos solidos como un modelo integrado para el reaprovechamiento de los residuos solidos como base de la cadena productiva del reciclaje, generadora de empleos e inclusion social y

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