Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2014 (31/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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3. Asimismo, el articulo 29 del Reglamento de inscripcion establece: "Articulo 29.- Improcedencia de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos 29.1 El JEE declarara la improcedencia de la solicitud de inscripcion por el incumplimiento de un requisito de ley no subsanable, o por la no subsanacion de las observaciones efectuadas. Si se declara la improcedencia de toda la lista de candidatos, esta no se inscribe. Si se declara la improcedencia de uno o mas candidatos de la lista, no se invalida la inscripcion de los demas candidatos, quienes permanecen en sus posiciones de origen. 29.2 Son requisitos de ley no subsanables, ademas de los senalados en el articulo 23 (...) c) El incumplimiento de las cuotas electorales, a que se refiere el Titulo II del presente reglamento". Analisis del caso concreto 4. Como punto preliminar es necesario precisar que el establecimiento de las cuotas electorales no obedece o se circunscribe a un mandato de caracter legal, sino, fundamentalmente, constitucional. Este organo colegiado debe recordar que con las cuotas electorales se pretende promover, de manera inclusiva, el ejercicio de los derechos de participacion politica de determinados grupos sociales historicamente marginados, en condiciones de igualdad material (articulo 2, numeral 2, de la Constitucion Politica del Peru). 5. Mediante Resolucion Nº 269-2014-JNE, de fecha 1 de MORDAZA de 2014, se establecio que el Concejo Provincial de Jauja, departamento de MORDAZA, estara conformado por nueve regidurias, y agrega, en su articulo tercero, que en aquellos distritos conformados por nueve regidurias (como se configura para este distrito) la cuota joven estara representada por lo menos con dos regidores. 6. Mencionado esto podemos advertir que la lista presentada el 7 de MORDAZA de 2014 por la referida organizacion politica presenta nueve candidatos a cargos de regidores (fojas 36 y 37), siendo los siguientes:
Regidor 1 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Yoni Regidor 2 MORDAZA Anchiraico, MORDAZA Regidor 3 MORDAZA MORDAZA, Michaell MORDAZA Regidor 4 MORDAZA MORDAZA, Kelly. Regidor 5 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Regidor 6 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Regidor 7 MORDAZA MORDAZA, Leshly MORDAZA Regidor 8 MORDAZA MORDAZA, Galoys Regidor 9 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Venido. 44 anos de edad 44 anos de edad 42 anos de edad 31 anos de edad 47 anos de edad 54 anos de edad 21 anos de edad 30 anos de edad 48 anos de edad

El Peruano Jueves 31 de MORDAZA de 2014

fue legalizado por notario publico recien el 17 de MORDAZA de 2014, esto es, a efectos de la MORDAZA del recurso impugnatorio, lo cual tampoco permite acreditar que dicho acto fuera efectivamente realizado dentro en la fecha que indica. 9. En consecuencia, considerando que el incumplimiento de las cuotas electorales es insubsanable, toda vez que no es posible inscribir nuevos candidatos luego del vencimiento del plazo establecido, la solicitud de inscripcion de lista de candidatos deviene en improcedente, con lo cual corresponde desestimar el presente recurso y confirmar la resolucion venida en grado. 10. Con respecto a las subsanaciones presentadas por el recurrente, este colegiado considera pertinente indicar que no seran pasibles de ser ameritadas en esta instancia, mas aun si este Supremo Tribunal Electoral esta confirmando la Resolucion Nº 0001-2014-JEEJAUJA/JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la lista de candidatos presentada por la organizacion politica Alianza Para el Progreso por no cumplir con un requisito insubsanable. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Alianza Para el Progreso, y CONFIRMAR la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-JAUJA/JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Jauja, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, para participar en las elecciones municipales del ano 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1117050-10

De la lista precedente se constata que solo Leshly MORDAZA MORDAZA MORDAZA es menor de 29 anos de edad, de lo cual se advierte que la lista presentada, con fecha 7 de MORDAZA de 2014, no cumple la cuota joven requerida de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones Nº 2712014-JNE y Nº 269-2014-JNE. 7. Con respecto a la documentacion presentada en el recurso de apelacion, este Supremo Tribunal Electoral considera necesario precisar que en via de apelacion solo procede valorar y resolver una controversia juridica electoral sobre la base de los documentos que se hayan presentado hasta MORDAZA de la emision de la decision del MORDAZA Electoral Especial, en aras de salvaguardar el derecho a la pluralidad de instancias, sin que se produzca un menoscabo en los principios de economia y celeridad procesal que deben ser optimizados en los procedimientos jurisdiccionales electorales, atendiendo los principios de preclusion y seguridad juridica, asi como a los breves plazos que se preven en funcion del cronograma electoral. 8. Por ende, dado que la organizacion politica recurrente presento, con su solicitud de inscripcion de lista de candidatos, de fecha 7 de MORDAZA de 2014, un acta de elecciones internas, de fecha 11 de junio de 2014, no corresponde valorar, en esta instancia, el acta de elecciones internas, tambien de fecha 11 de junio de 2014, mediante la que se tiene a Jelin Alid MORDAZA MORDAZA como candidata a la octava regiduria, y ya no a Galoys MORDAZA MORDAZA, mas aun si este documento

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de la Nacion la apertura de oficina especial en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 4581-2014 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2014 El Intendente General de Banca (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) Oficina Especial, segun se indica en la parte resolutiva; y,

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