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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2014 (31/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Jueves 31 de julio de 2014 529052 viene ejecutando la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de viviendas urbanas en el distrito de Puente Piedra, con el fi n de cumplir con el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, correspondiente a la Meta 03. Que, mediante Informe Nº 181 – 2014 – GAJ – MDPP, de fecha 04 de Julio del 2014, formulado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que la implementación del Plan Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de viviendas urbanas del distrito, está orientado a alcanzar las metas establecidas en el Plan de Incentivos a la mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2014. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Señor Alcalde en el Artículo 20º numeral 6) de la Ley N º27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva del distrito de Puente Piedra, cuya implementación se realizará en los sectores: 01,02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11,12, 13, 14, 15 el mismo que se extenderá progresivamente en toda la circunscripción del distrito de Puente Piedra. Artículo Segundo.- ESTABLECER que a través de la Gerencia de Gestión Ambiental, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y la Gerencia de Participación Vecinal, efectúen conjuntamente, las acciones y coordinaciones necesarias con las asociaciones de recicladores existentes del distrito de Puente Piedra para implementar exitosamente el Programa referido en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Gestión Ambiental, la Sub Gerencia de Limpieza Pública, en coordinación con la Gerencia de Administración, Finanzas y Planeamiento requerirá y destinará de una partida en el presupuesto municipal, con el objeto de atender la sostenibilidad del Programa y la ejecución del mismo en los sectores antes mencionados. Artículo Cuarto.- ENCÁRGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y a la Gerencia de Participación Vecinal la coordinación y difusión del presente Programa; y a la Gerencia Municipal la supervisión del cumplimento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN MONZON FERNANDEZ Alcalde 1116585-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Surquillo ORDENANZA Nº 318-MDS Surquillo, 25 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de junio de 2014 el Informe Nº113-2014-GPMA-MDS de fecha 10 de julio de 2014 de la Gerencia de Protección del Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 194º y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo II de su título Preliminar, prescribe que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley orgánica de Municipalidades, en su artículo IV del Título Preliminar establece que la fi nalidad de los gobiernos locales es promover la adecuada prestación de servicios públicos locales; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 80º establece que las Municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud; ejercen la función específi ca y exclusiva de fi scalizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente; Que, la Ley Nº 27314, Ley General de residuos sólidos, en su artículo 10º, el rol de las municipalidades Distrital y Provinciales, la responsabilidad por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos de su jurisdicción; Que, la Ley Nº 27314 prescribe, en su artículo 3º que la gestión de residuos sólidos en el país tiene como fi nalidad el manejo integral y sostenible mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y manejo de los residuos sólidos, aplicando los lineamientos de política establecidas en esa normas, estableciendo en el numeral 9 del artículo 4º, que entre estos lineamientos se encuentra el de promover la iniciativa y participación activa de la población, la sociedad civil organizada y el sector privado en el manejo de residuos sólidos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 278-MDS de fecha 30 de julio de 2012, la Municipalidad distrital de Surquillo, aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Surquillo; Que, con Informe Nº113-2014-GPMA-MDS de fecha 10 de julio de 2014, la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, señala que es necesario actualizar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Surquillo; Que, a través del Informe Nº299-2014-GAJ-MDS, de fecha 23 de julio de 2014, el Gerente de Asesoría Jurídica, luego de análisis del caso, concluye opinando que es favorable que el Concejo Municipal evalúe y decida aprobar el proyecto de Ordenanza que aprueba la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto en el artículo 200º, numeral 4) de la Constitución Política del Perú, tiene rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, Los Decretos de Urgencia, Los tratados, Los Reglamentos, del Congreso y las Normas Regionales de carácter general; Que, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 9º y artículo 40º del mismo cuerpo legal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Surquillo, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, efectúe las acciones necesarias para la implementación de la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Surquillo.