Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2014 (31/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Jueves 31 de julio de 2014 529053 Artículo Tercero.- ESTABLECER que el anexo a que se refi ere el artículo primero del presente decreto, se publicará en el portal Institucional de la Municipalidad distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte normas complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Protección del Medio Ambiente y demás unidades orgánicas involucradas de la Municipalidad, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1117033-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 317-MDS, que aprobó Régimen de beneficios tributarios y no tributarios, a favor de los contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2014-MDS Surquillo, 25 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Vistos, el Memorándum Nº 314-2014-GM-MDS de fecha 25 de julio del 2014, a través del cual el Gerente Municipal, remite el Informe Nº 044-2014-GR-MDS de fecha 25 de julio de 2014 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 684-2014-SGAT-GR-MDS, de fecha 22 de julio de 2014, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 112-2014-SGEC-GR-MDS, de fecha 23 de julio de 2014 emitido por la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva y el Informe Nº 094-2014-SGFT-GR- MDS, de fecha 23 de julio de 2014, emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, mediante los cuales dichas Sub Gerencias emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 317- MDS, que aprobó el régimen de benefi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 317-MDS, se aprobó el régimen de benefi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo y, Que, mediante el Informe Nº 684-2014-SGAT-GR- MDS de fecha 22 de julio de 2014, Informe Nº 112-2014- SGEC-GR-MDS de fecha 23 de julio de 2014 e Informe Nº 094-2014-SGFT-GR-MDS de fecha 23 de julio de 2014, emitidos por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva y Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria respectivamente, informan a la Gerencia de Rentas que, a efecto de otorgar un plazo mayor a los vecinos del distrito para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, emiten opinión técnica favorable para que, en mérito a lo dispuesto por la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 317- MDS, que aprobó el régimen de benefi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo, se prorrogue la vigencia de la misma hasta el día 15 de agosto de 2014; Que, a través de la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 317-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, establecido en el artículo segundo; Estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 300- 2014-GAJ-MDS de fecha 23 de julio de 2014 y según las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipales – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 15 de agosto del 2014, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 317-MDS, la misma aprobó el régimen de benefi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Sub Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Estadística e Informática y Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaria General. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1117032-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 300-MVES, que aprobó beneficios para el pago de deudas tributarias, administrativas, sanciones generadas y regularización predial DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2014-ALC/MVES Villa El Salvador, 24 de julio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 095-2014-GR-MVES de fecha 23 de julio del 2014 de la Gerencia de Rentas, y el Memorándum Nº 1623-2014-GM/MVES de fecha 23 de julio del 2014 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 300-MVES, se aprobó el otorgamiento del Benefi cio para el pago de deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularización Predial para los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador; cuyo objeto es conceder un régimen de incentivos tributarios y administrativos en la Jurisdicción del distrito de Villa El Salvador a favor de los contribuyentes y administrados, que comprende la condonación de reajustes e intereses moratorios de deudas tributarias y administrativas, y la regularización de las declaraciones juradas del Impuesto predial para los omisos y/o subvaluantes; Que, de conformidad con la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 300-MVES, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia del referido dispositivo municipal y dicte las disposiciones que resulten necesarias para su mejor aplicación; Que, de acuerdo a lo señalado por la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 095-2014-GR/MVES, con el objeto de lograr la reducción de la morosidad y a efectos