Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2014 (06/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Viernes 6 de junio de 2014

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Que, en dicho contexto, el articulo 9 de la Ley Nº 30191, Ley que Establece Medidas para la Prevencion, Mitigacion y Adecuada Preparacion para la Respuesta ante Situaciones de Desastre, creo el MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos, como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para la reduccion de la vulnerabilidad de los efectos de los riesgos sismicos, a favor de los hogares en situacion de pobreza, sin cargo a restitucion por estos, destinado exclusivamente a intervenciones de reforzamiento estructural de las viviendas de dicha poblacion ubicadas en suelos vulnerables al riesgo sismico o que hubieran sido construidas en condiciones de fragilidad; Que, asimismo, el citado articulo dispone que el procedimiento para la identificacion y determinacion de las zonas a intervenir; asi como, los procedimientos, requisitos y condiciones para el otorgamiento del MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos, se estableceran en el Reglamento Operativo a aprobarse mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por lo que resulta necesaria su aprobacion; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el articulo 9º de la Ley Nº 30191, que crea el MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobacion del Reglamento Operativo del MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos Apruebase el Reglamento Operativo del MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos, el cual consta de cuatro (04) Capitulos, veinte (20) Articulos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y un (01) Anexo, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento REGLAMENTO OPERATIVO DEL MORDAZA DE PROTECCION DE VIVIENDAS VULNERABLES A LOS RIESGOS SISMICOS CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1.- Ambito de aplicacion El presente Reglamento Operativo establece el procedimiento para la identificacion y determinacion de las zonas a intervenir; asi como, los procedimientos, requisitos y condiciones para el otorgamiento del MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos. Articulo 2.- Terminos y Definiciones 2.1 Terminos: a. Bono.- MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos. b. DNI.- Documento Nacional de Identidad c. DNV.- Direccion Nacional de Vivienda d. ESFS.- Entidad del Sistema Financiero y Seguros e. ET.- Entidad Tecnica. f. FMV.- Fondo MIVIVIENDA S.A. g. INDECOPI.- Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual h. OSCE.- Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado i. RNE.- Reglamento Nacional de Edificaciones. j. Reglamento Operativo.- El presente Reglamento Operativo.

Designan Director de Sistema Administrativo II, Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 171-2014-VIVIENDA MORDAZA, 5 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 128-2014VIVIENDA, se designo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al indicado cargo, correspondiendo aceptarla; asi como, designar al funcionario que ejercera dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de Sistema Administrativo II, Jefe de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al economista Willy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1093055-1

Aprueban Reglamento Operativo del MORDAZA de Proteccion de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sismicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 172-2014-VIVIENDA MORDAZA, 5 de junio de 2014 Visto el Informe Nº 120-2014-VIVIENDA/VMVU-DNV de la Direccion Nacional de Vivienda; CONSIDERANDO: Que, nuestro MORDAZA esta ubicado en una MORDAZA altamente sismica, existiendo edificaciones susceptibles a ser afectadas por eventos sismicos, como consecuencia del crecimiento desordenado de las zonas urbanas, de las malas practicas constructivas debido a la autoconstruccion, al mal uso del suelo y a que la estructura de cimentacion de las viviendas no corresponde al suelo en el que se han ejecutado; circunstancias que en el eventual caso de un sismo, amplificarian las ondas sismicas haciendo que las demandas de las fuerzas dinamicas se incrementen sobre dichas edificaciones; Que, por otro lado, la mayoria de la poblacion que habita en estas zonas vulnerables, se encuentra en situacion de pobreza;

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