Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2014 (06/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Viernes 6 de junio de 2014

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CAUSAL D- Error en Electoral. el DOCUMENTO SUSTENTATORIO MORDAZA de asistencia a la mesa de sufragio Padron expedida por el presidente de la mesa donde le corresponda emitir su MORDAZA, conforme su mesa de votacion. Informe o documento sustentatorio emitido por la entidad electoral que acredite el defecto en la actualizacion, organizacion y ejecucion de las actividades electorales y que indefectiblemente no sea imputable al ciudadano.

examen de la resolucion impugnada a fin de que se anule, revoque o confirme el acto administrativo. 6.15. Residente en el extranjero Ciudadano que ha declarado ante el Reniec, su domicilio en el extranjero, y que como tal, figura en el padron electoral. 6.16. Unidad Regional de Enlace (URE) Unidad operativa desconcentrada que constituye una instancia de enlace, coordinacion y ejecucion administrativa a nivel supra regional de las actividades delegadas por el JNE. CAPITULO III CONSIDERACIONES GENERALES Articulo 7.- Solicitud de justificacion y/o dispensa 7.1. La solicitud de justificacion y/o dispensa se presenta ante el JNE, URE, JEE y Oficinas Consulares, segun corresponda, debiendo adjuntar a la solicitud, los documentos establecidos en el presente Reglamento. 7.2. La solicitud de justificacion y/o dispensa es resuelta en primera instancia por SC o la URE. 7.3. El tramite de justificacion y/o dispensa es personal o a traves de un tercero, mediante carta poder simple. 7.4. La respuesta al solicitante y el holograma respectivo, de ser el caso, se recaban en la misma sede en la que se inicio el tramite, (SC o URE). 7.5. El JEE recibe las solicitudes de justificacion y/o dispensa del MORDAZA electoral en curso, asi como los recursos administrativos impugnatorios que deriven de las mismas, a partir del dia siguiente de la eleccion hasta culminar sus funciones. Las solicitudes de justificacion y/o dispensa referida a procesos electorales anteriores al MORDAZA en curso, son recibidas por el JEE desde su instalacion. 7.6. El JEE remite las solicitudes y recursos administrativos impugnatorios, en un plazo no mayor de dos (2) dias habiles, a la URE de su circunscripcion o a SC, segun corresponda. Una vez culminadas las funciones del JEE, las solicitudes y recursos administrativos impugnatorios de justificacion y/o dispensa se presentan ante el JNE o la URE. Articulo 8.- Oportunidad para presentar la solicitud de justificacion y/o dispensa La solicitud de justificacion y/o dispensa se puede presentar a partir del dia siguiente de la fecha de eleccion y hasta MORDAZA de la notificacion de la resolucion de ejecucion coactiva. Notificada la resolucion de ejecucion coactiva, la solicitud de justificacion y/o dispensa que se presente es declarada improcedente. Articulo 9.- Causales de justificacion y/o dispensa
TABLA GENERAL DE CAUSALES DE JUSTIFICACION Y/O DISPENSA ELECTORAL
CAUSAL DOCUMENTO SUSTENTATORIO

E- Defectos en la actualizacion, organizacion y ejecucion de actividades durante el desarrollo de la eleccion atribuible a las entidades del sistema electoral.

Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o la URE, de la partida de defuncion. Se aplica a familiares, con vinculo de parentesco hasta el MORDAZA grado de consanguinidad en F- Fallecimiento de familiar linea recta (padres, hijos, abuelos y nietos) o en directo MORDAZA grado de consanguinidad en linea colateral (hermanos), y en el caso del conyuge, acaecido en la fecha de la eleccion o dentro de los cinco (5) dias previos a la misma. G- Impedido del ejercicio de derecho de sufragio e instalacion, en los casos originados por incidencias electorales Informe de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales del JNE. Este documento no es exigido al administrado, es generado de haberse producido la incidencia electoral y obra en poder de la Entidad (articulo 40 de la Ley Nº 27444, LPAG).

Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o H- Discapacidad fisica, la URE del certificado medico expedido por una entidad mental, sensorial y/o de salud publica, la seguridad social; o la Resolucion intelectual Ejecutiva de Inscripcion en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad emitida por el Conadis. I- Lactancia (Aplica unicamente otorgar Justificacion) Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o la URE de la partida de nacimiento o certificado de para nacido vivo o DNI/DNIe del menor lactante, cuya edad debe ser menor o igual a dos (2) anos previos a la fecha de eleccion.

Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o la URE, de la denuncia policial y MORDAZA simple del DNI/DNIe vigente emitido con fecha posterior al J- Robo o perdida de DNI/ MORDAZA motivo de la denuncia. El hecho materia de DNIe la denuncia debe haberse producido en la fecha de eleccion o dentro de los diez (10) dias previos a la misma. Original o MORDAZA legalizada o autenticada en el JNE o la URE del certificado medico o documento analogo expedido por alguna entidad de salud publica o privada. De tratarse de un documento expedido por un medico particular o en especie valorada, este debe ser visado por las instituciones oficiales de Salud como MINSA, EsSALUD u hospitales de las FFAA y PNP. Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o la URE, de documento sustentatorio que acredite fehacientemente la causal.

K- Salud

L- Fuerza mayor.

Nota: En casos de documentos expedidos en el extranjero, estos pueden presentarse en MORDAZA simple y obligatoriamente ser traducidos en forma simple al idioma oficial (suscrita por el traductor).

TITULO II JUSTIFICACION Y/O DISPENSA CAPITULO I JUSTIFICACION A LA INSTALACION DE LA MESA DE SUFRAGIO Articulo 10.- MORDAZA de la solicitud de justificacion 10.1. A partir del dia siguiente de la fecha de la eleccion, los ciudadanos podran presentar su solicitud de justificacion ante la sede central del JNE, URE, JEE y Oficinas Consulares del Peru en el extranjero. 10.2. Con anterioridad a la fecha de la eleccion, y hasta cinco dias despues de la publicacion definitiva de miembros de mesa, los ciudadanos pueden presentar su excusa al cargo de miembro de mesa, y la justificacion, MORDAZA de los cinco dias naturales previos a la fecha de la eleccion; MORDAZA solicitudes deberan ser presentadas ante la respectiva ODPE. Articulo 11.- Requisitos 11.1. Para solicitar la justificacion se debe presentar:

Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o la URE del pasaporte en el que conste los sellos de salida y entrada al pais. A- Ciudadanos que viajan al Original, o MORDAZA simple, en caso de ser expedido en extranjero para realizar el extranjero, del documento que acredite de manera estudios academicos. indubitable los estudios realizados en el extranjero. El periodo de estudio en el extranjero debe comprender la fecha de la eleccion. Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o la URE, del pasaporte en el que conste los sellos B- Ciudadanos que salen del de salida y entrada al pais. MORDAZA para ser atendidos Original o MORDAZA simple de los documentos que por motivos de salud en certifiquen el tratamiento medico realizado en el extranjero. el extranjero. El periodo del tratamiento debe comprender la fecha de la eleccion. Original o MORDAZA legalizada o autenticada ante el JNE o la URE, del documento suscrito por funcionario publico competente o documento sustentatorio analogo que acredite fehacientemente su impedimento de desplazarse a su centro de votacion.

C- Desastres Naturales.

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