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El Peruano Viernes 6 de junio de 2014 524722 SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar las renuncias presentadas por los señores Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera y José Luis Sardón de Taboada a los cargos de Vocal Titular-Presidente y Vocal Titular de la Sala Colegiada de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería -Osinergmin, respectivamente, agradeciéndoles por sus valiosos servicios prestados. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. CARLOS BARREDA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 1092670-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Formalizan fecha para el Censo de Operadores de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 105-2014-SERVIR/PE Lima, 4 de junio de 2014 Visto, el Informe Nº 016-2014-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 084- 2014-SERVIR/PE se aprobó la Directiva Nº 002-2014- SERVIR/GDCRSC “Directiva que regula el desarrollo del diagnóstico de conocimientos de las personas al servicio del Estado en los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública”; Que, conforme lo establecido en el numeral 7.2 de la Directiva Nº 002-2014-SERVIR/GDCRSC, mencionada en el considerando precedente, concordado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 097-2014- SERVIR-PE, el censo del Diagnóstico de Conocimientos de los operadores de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública, se realiza en dos etapas: a) Registro del responsable del censo hasta el 17 de junio; y, b) Censo de operadores, cuya fecha se formaliza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, órgano encargado de la gestión de los subsistemas de desarrollo de capacidades y evaluación del desempeño en el marco de la gestión del rendimiento del Sistema Administrativo de Gestión de los Recursos Humanos, previa coordinación con los entes rectores de los mencionados Sistemas, propone que el Censo de los Operadores de los tres Sistemas Administrativos se realice desde el 5 de junio hasta el 20 de julio de 2014; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Legislativo Nº 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Formalizar la fecha para el Censo de Operadores de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública, desde el 5 de junio al 20 de julio de 2014. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1093059-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen inscripción de las acciones representativas del capital social de Ohio National Seguros de Vida S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 050-2014-SMV/11.1 Lima, 30 de mayo de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El expediente N° 2014016137, así como el Informe Interno N° 373-2014-SMV/11.1, del 30 de mayo de 2014, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, al amparo del artículo 21 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros – Ley Nº 26702 y mediante Resolución SBS N° 5066-2013 del 21 de agosto de 2013, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones autorizó la organización de OHIO NATIONAL SEGUROS DE VIDA S.A. (en adelante, OHIO NATIONAL) para que opere en el ramo de Seguros de Vida y aprobó la minuta de constitución así como el estatuto social presentado por los organizadores de la referida empresa; Que, asimismo, el artículo 29 de la precitada Ley establece que las acciones representativas del capital social de OHIO NATIONAL deben estar inscritas en una Bolsa de Valores de manera previa al inicio de operaciones con el público; Que, en ese marco, el 30 de abril de 2014, OHIO NATIONAL solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, a través del sistema de Ventanilla Única, la inscripción de las acciones representativas de su capital social en el Registro Público del Mercado de Valores de la SMV y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. El acuerdo de inscripción fue adoptado en Junta General de Accionistas realizada el 12 de noviembre de 2013; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7, numeral 7.3, del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución Nº 031- 2012-SMV/01 y sus normas modifi catorias, la Bolsa de Valores de Lima, mediante carta N° GL-T-225/2014 del 08 de mayo de 2014, remitió a la SMV las conclusiones de su evaluación a la documentación e información presentada para efectos del trámite;