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El Peruano Viernes 6 de junio de 2014 524728 d) La reubicación de los Juzgados Especializados Permanentes dispuesta en el inciso a) del artículo primero de la presente resolución, se ejecutará con el personal jurisdiccional titular de las plazas correspondientes, según el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) vigente, para lo cual el personal destacado en dichos órganos jurisdiccionales deberá retornar a sus juzgados de origen. Artículo Tercero.- Reiterar lo dispuesto en el literal f) del artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 138- 2014-CE-PJ, en cuanto a que el personal jurisdiccional comprendido en el inciso anterior podrá solicitar a la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, su permuta con otro personal de la misma categoría que desee cambiar de Distrito Judicial. La difusión del procedimiento de implementación de lo dispuesto en el presente artículo estará a cargo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Cuarto. Los órganos jurisdiccionales de la especialidad civil ubicados en la Corte Superior de Justicia de Lima Este, tendrán competencia en materia constitucional, comercial, contencioso administrativo, laboral y familia, solo en aquellos distritos donde no existan órganos jurisdiccionales especializados en las referidas materias. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidencia del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Este, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Interno Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1093057-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Supernumeraria del 1º Juzgado Especializado de Familia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 173-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de junio de 2014 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede se pone en conocimiento de esta Presidencia la licencia por motivos de salud concedida a la doctora Gaby Luz Garay Nalvarte Juez Provisional del 1° Juzgado Especializado de Familia de Lima, informando que su licencia es hasta el día 13 de junio del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Primer Juzgado Especializado de Familia de Lima y designar al Juez Supernumerario que corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora TERESA VERÓNICA QUISPE HUATUCO, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado Especializado de Familia de Lima, a partir del 05 de junio del presente año, y mientras dure la licencia de la doctora Garay Nalvarte. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina de Personal, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Ofi cina de Administración Distrital y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVÁN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1093066-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Dejan sin efecto credenciales y restablecen vigencia de credencial otorgada a ciudadano como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 429-A-2014-JNE Expediente N.º J-2013 - 0106 PANGOA - SATIPO - JUNÍN Lima, veintiocho de mayo de dos mil catorce VISTOS los escritos presentados por Jorge Fernando Herhuay Quintana, de fecha 5 y 8 de mayo de de 2014, a través de los cuales solicita el restablecimiento de su credencial como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín. CONSIDERANDOS 1. Mediante la Resolución N.º 153-2013-JNE, del 21 de febrero de 2013, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la credencial de Jorge Fernando Herhuay Quintana como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín, durante el tiempo que dure el mandato de detención en su contra, conforme al artículo 25, numeral 3, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM) (fojas 151 a 153). Esta decisión se sustentó en la Resolución N.º 12, de fecha 28 de diciembre de 2012, emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Junín que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva contra Fernando Herhuay Quintana, resolución