Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2014 (06/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Viernes 6 de junio de 2014

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del postulante, elegible o beneficiario y tener la debida diligencia conforme al SPLAFT, asi como su correspondiente actualizacion cuando sea solicitada. Tambien se debera cumplir con las demas obligaciones que MORDAZA establecidas en virtud a la normativa vigente sobre la materia y otras que MORDAZA establecidas por el FMV, dentro de sus competencias. Articulo 10.- Cancelacion del Registro de la ET 10.1. El FMV cancelara el codigo de registro de las ET, en los siguientes casos: a. MORDAZA de informacion y/o documentacion falsa o adulterada. b. No ejecutar los proyectos segun lo establecido en los expedientes tecnicos. c. Incumplir las obligaciones establecidas en el presente Reglamento Operativo. 10.2. La cancelacion del Codigo de la ET, implica su desautorizacion para ejecutar las intervenciones de reforzamiento estructural en las viviendas con el Bono; sin perjuicio de ello, en los casos en que la ET cancelada tenga proyectos en ejecucion, con Bonos otorgados, esta debera culminarlos. 10.3. Una vez cancelada la ET, podra ser reemplazada por otra ET, segun lo establecido en las Bases del Concurso organizado por el FMV, o, en su defecto, el FMV convocara a un MORDAZA Concurso para seleccionar a la nueva ET responsable de los proyectos. CAPITULO III REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA POSTULACION AL MORDAZA Articulo 11.- Requisitos de Elegibilidad 11.1 Son los que debe cumplir el Postulante para ser considerado Elegible: a. Ser propietario de la vivienda a ser intervenida. b. Estar dentro de la clasificacion socioeconomica del nivel 1 al 5 establecida por el SISFOH. En caso dicha entidad no cuente con la clasificacion socioeconomica respectiva, la Unidad Central de Focalizacion del MIDIS, en el plazo de veinte (20) dias calendario, aplicara la Ficha Socioeconomica Unica por barrido en la MORDAZA identificada por el MVCS. c. Estar dentro del padron de viviendas a intervenir, segun el diagnostico del MVCS. 11.2 El requisito previsto en el literal a. debera ser acreditado, en la etapa de postulacion, mediante declaracion jurada, de conformidad con el MORDAZA de Presuncion de Veracidad regulado por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Los requisitos previstos en los literales b. y c. seran verificados por el FMV a traves del MIDIS y el MVCS, respectivamente. Articulo 12.- Condiciones para la postulacion 12.1 El Postulante debe presentar al FMV o al Centro Autorizado, lo siguiente: a. Formulario de Inscripcion, que tiene calidad de declaracion jurada, debidamente suscrito por el Postulante, en el cual declara que cumple con los requisitos establecidos en el presente Reglamento Operativo, asi como la profesion, oficio o actividad economica a la que se dedica. b. MORDAZA del DNI del Postulante. c. En caso que los Postulantes MORDAZA conyuges, el Formulario de Inscripcion debera estar suscrito por alguno de ellos, de conformidad a lo previsto en el articulo 292º del Codigo Civil. En el caso que los Postulantes MORDAZA convivientes, el formulario debera estar suscrito por ambos. En los dos casos el Formulario de Inscripcion suscrito tendra caracter de Declaracion Jurada. 12.2 En caso el FMV detecte en cualquier etapa de los procedimientos de acceso al MORDAZA que el Postulante ha declarado o presentado informacion falsa, este ultimo perdera la condicion de Elegible o de Beneficiario y no

f. Certificado de habilidad del ingeniero civil y abogado, del Colegio Profesional correspondiente. g. Formularios SPLAFT de acuerdo a lo indicado por el FMV. h. Estados Financieros aprobados, correspondientes al ultimo ejercicio fiscal como minimo, para el calculo de los indicadores financieros que el FMV determine. i. Presentar el documento emitido por el OSCE que acredite que la ET, su representante legal y los miembros de su equipo tecnico no esten inhabilitados para contratar con el Estado. j. Declaracion Jurada suscrita por el representante legal, que acredite que la persona juridica, su representante legal y los miembros de su equipo tecnico no han sido sancionados en los ultimos cinco (5) anos por el INDECOPI, en aspectos relacionados a la ejecucion de viviendas. k. Carta de acreditacion emitida por una ESFS, indicando la linea aprobada que garantice la capacidad financiera, a efectos de calcular el numero de viviendas que la ET podra reforzar, segun el diagnostico del MVCS. l. Declaracion Jurada suscrita por el representante legal indicando que ninguno de sus socios, accionistas, administradores, directores, gerente general y/o representantes, con poderes vigentes inscritos en SUNARP, han recibido condena definitiva o se encuentran sometidos a investigacion policial, fiscal o judicial por la comision de delitos vinculados al MORDAZA de activos, delitos relacionados al financiamiento del terrorismo y/o delitos procedentes del MORDAZA de activos. Articulo 8.- Seleccion de Entidad Tecnica La(s) ET con Codigo de Registro de ET sera(n) seleccionada(s) para intervenir en las zonas determinadas por el MVCS, a traves de un concurso organizado por el FMV. El concurso sera convocado por el FMV a traves de su MORDAZA web, en el cual se publicara las Bases que establecen las condiciones de intervencion, segun el diagnostico del MVCS. La Bases de dicho concurso seran elaboradas por el FMV en coordinacion con el MVCS, sobre la base del diagnostico realizado en cada MORDAZA a intervenir. La ET es la responsable de la elaboracion del Expediente Tecnico y de la ejecucion de las intervenciones en las viviendas seleccionadas, de acuerdo a dicho expediente. Articulo 9.- Obligaciones de la ET seleccionada Son obligaciones de la ET seleccionada: a. Mantener actualizados los datos proporcionados, comunicando por escrito cualquier modificacion en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles siguientes de haberse producido la misma. b. Elaborar los expedientes tecnicos de intervencion de cada una de las viviendas y presentarlos al MVCS para que verifique si cumplen con los requerimientos minimos indicados en el diagnostico, como requisito previo a la ejecucion de la intervencion. c. Conocer los dispositivos legales que regulan el MORDAZA, a fin de brindar informacion gratuita a los Postulantes, Elegibles y Beneficiarios. d. Conocer las normas tecnicas de edificacion aplicables, asi como contar con mano de obra calificada y el equipo de proteccion personal, acorde a las labores a desarrollar. e. Elaborar un plan de seguridad a ser aplicado en cada obra de reforzamiento estructural, el cual debe contener procedimientos de trabajo, zonas de riesgo, senalizacion, uso de equipos de proteccion personal, correcta utilizacion de equipos, herramientas y maquinas, asi como cualquier otro requerimiento de acuerdo a la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. f. Suscribir los Contratos de Reforzamiento Estructural de Viviendas con los Elegibles. g. Presentar al FMV las garantias para el desembolso del MORDAZA y del Aporte. h. Ejecutar las obras de acuerdo al Expediente Tecnico de Intervencion aprobado por el MVCS. i. Entregar los Contratos de Reforzamiento Estructural de Viviendas a los Elegibles, asi como la demas documentacion tecnica. j. Cumplir con presentar la informacion y/o documentacion requerida para el conocimiento

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