Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2014 (08/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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El Peruano MORDAZA 8 de junio de 2014

Declaran habilitacion MORDAZA de oficio de la Urbanizacion Marialuz, y aprueban planos y Cuadro General de Distribucion de Areas
RESOLUCION N° 436-2014-RASS D.S. N° 2108802014 MORDAZA de MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 149-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 008-2014-SGHRU-GDU-MSS de la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA y el Informe Nº 3872014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el DS Nº 2108802014, a traves del cual, se solicita a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA iniciar el diagnostico tecnico legal para determinar la viabilidad del inicio del procedimiento administrativo de Habilitacion MORDAZA de Oficio para el predio MORDAZA denominado Av. MORDAZA Real - Unidad Inmobiliaria Nº 3, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 11279012, de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA - Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; y CONSIDERANDO: Que, el Numeral 3.6.1) del Articulo 79° de la Ley N° 27972 ­ establece que, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro promover la habilitacion MORDAZA conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Articulo 134° de la Ordenanza N° 396-MSS que aprueba la Reestructuracion Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que "Las municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro Publico como rusticos; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS, Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, instituye que, "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi

rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas (...)"; Que, mediante Informe Nº 149-2014-GDU-MSS del 26.05.2014, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno MORDAZA denominado Av. MORDAZA Real -­ Unidad Inmobiliaria Nº 3, ubicado en el Sector 1 del distrito de MORDAZA de MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU-043-2014SGHRU-GDU-MSS; PP-044-2014-SGHRU-GDU-MSS; PTL-045-2014-SGHRU-GDU-MSS; PA-046-2014SGHRU-GDU-MSS; fundando la misma en el Informe Nº 008-2014-SGHRU-GDU-MSS del 26.05.2014 de la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA, que contiene el Informe Tecnico Nº 005-2014-ORL, del 22.05.2014, el cual, indica que la MORDAZA a habilitar de oficio, registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, y se ubica inserto dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida de acuerdo a los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predio de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se ha constatado que se encuentra dotada de servicios urbanos para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el articulo Nº 24, de la Ley 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, MORDAZA legal que establece que las municipalidades declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los predios registralmente calificados como rusticos, ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuenten con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana; Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el Articulo 24-A, de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, se cumplio con identificar el predio matriz; se efectuo la notificacion a los propietarios registrales, asi como tambien a los beneficiarios y se elaboro el expediente tecnico que sustenta la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio; Que, el predio esta considerado dentro del Area de Tratamiento Normativo II y presenta Zonificacion Vivienda Taller (VT), de acuerdo a lo aprobado por Ordenanza Nº 1076-MML. Se ubica en el Sector 1, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, sector priorizado en el Articulo 1, de la Ordenanza Nº 388-MSS que indica (...) Disponer la identificacion de predios registralmente calificados como Rusticos conforme lo establece el Articulo 24° de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rusticos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de MORDAZA (...); Que, de acuerdo a los antecedentes registrales el terreno a habilitar de oficio se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 11279012, la misma que senala que cuenta con una extension superficial de 1989.00 m2; con los siguientes linderos: por el norte: Colinda con propiedad de Terceros, con una linea recta de 76.50 ml; por sur: Colinda con la propiedad de Terceros, con una linea recta de 76.50 ml; por el este: Colinda con propiedad de Terceros, con una linea recta de 26.00ml; por el oeste: Colinda con el Jr. MORDAZA Real, con una linea recta de 26.00 ml. La titularidad le corresponde al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros; Que, se ha determinado que la MORDAZA a habilitar de oficio no tiene en tramite ante la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, ningun procedimiento de habilitacion MORDAZA, ni de regularizacion de una ejecutada, ni de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA a la fecha de publicacion de la Ley N° 29898, Ley que modifica la Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, ni esta inmerso en los supuestos indicados en el Articulo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, el Informe Nº 387-2014-GAJ-MSS del 26.05.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina

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